Cierre de negocio: ¿Puede despedirte la empresa si no tiene centros para reubicar al personal?
CW Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Despidos
Efectivamente, les va a tener que despedir si no tiene otro centro donde poder reubicarles.
En todo caso, estate muy atento no sea que el centro de colectividades vaya a continuar abierto y, únicamente, vaya a cambiar la empresa que regente la categoría. En este supuesto, en función de las circunstancias concretas podrías tener derecho a subrogarte en la empresa entrante.
Cuando te entreguen la carta de despido te animo a que te pongas en contacto con nuestro despacho, ya que por muy clara que esté la carta, si la empresa incumpliese unos requisitos formales el despido puede ser declarado improcedente.
Un saludo, atentamente, Carlos Winter Cabrera, Abogado Laboralista (636790194)
Abogado Laboral LaboralClic
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Relaciones Sindicales
Buenos días , necesitaríamos conocer más información sobre la situación que tiene su empresa; si está en concurso de acreedores, o no, que tipo de acuerdo propone la empresa exactamente, etc.
Puede ponerse en contacto con nosotros para cualquier cuestión. Un saludo
Gesmadrid Abogados SLP
Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo
Le pueden despedir, efectivamente.