Citación juicio faltas de lesiones por imprudencia accidente tráfico
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Lo más probable que ocurra, si ya ha comunicado el siniestro a su compañía de seguros, es que entre ambas compañías se llegue a un acuerdo que evite la celebración de juicio. No obstante si se celebrara juicio y la parte denunciante no dispusiese de pruebas (testigos, parte amistoso cumplimentado con los datos del lesionado/a, informe médico de urgencias emitido el mismo día del accidente, etc.), y en consecuencia el Juzgado dictase una resolución absolutoria, cabría la posiblidad de interponer la correspondiente denuncia en virtud de lo establecido en los artículos 456 y 457 del Código Penal.
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Lo más probable es que la policía diera traslado de su accidente, por lo que si firmó un parte amistoso lo más conveniente es que su aseguradora, que sería parte igualmente, se ponga en contacto con la aseguradora del contrario y el juicio no llegue a celebrarse.
En el caso de que sea una falsa denuncia, bastaría con probar en juicio el acuerdo amistoso, y una vez absuelto, interponer la pertinente denuncia por denuncia falsa.