Citación a menor por falsedad documental
Abogado Extranjeria Valencia Kira Rompao Sánchez
Abogado de Valencia especializado en Derecho Extranjería
Buenos días, en el caso de su hija, por ser menor de edad, será juzgada en la jurisdicción penal de menores y, en su caso, podría serle impuesta alguna de las medidas previstas en el amplio abanico recogido en la LO 5/2000 -art. 7 (internamiento en un centro, asistencia a un centro de día, permanencias de fin de semana, libertad vigilada, trabajos en beneficio de la comunidad, tareas socio-educativas, etc., etc.)-. Sin conocer los pormenores del asunto, es difícil realizar una estimación más o menos acertada de las posibles consecuencias. Espero haberle sido de ayuda, para más información no dude en contactar con este Despacho, sin compromiso alguno -kirarompaosanchez@gmail.com-. Un saludo.
Abogado Torrevieja Domenech Abogados
Abogado de Torrevieja especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes,
para los menores el ser juzgados bajo la legislación penal enraña una suerte dado que no conlleva la anotación de antecedentes penales. Por lo que aún resultando condenado es una oportunidad para alejarse de ese camino ilícito y comenzar de nuevo.
En cuanto a los padres, el codigo Penal de Menores los convierte en responsables civiles de los daños y prejuicios causados, por lo que si hubieren responsabilidades civiles derivadas del delito o falta deberá responder usted.
Saludos,
Inmaculada ruiz Doménech
Buenos días,
El código penal en su artículo 392 detalla que las consecuencias de la falsedad documental serán penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Evidentemente, esto varía mucho de un caso a otro y de las circunstancias tanto personales como materiales.
Puede contactar con nuestro despacho a través de los datos que aparecen en esta página.
Un cordial saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Para no ser repetitivo comparto la tesis de KIRA ROMPAO