CLAUSULA ABUSIVA BANCO POPULAR

Tengo una hipoteca firmada 21/11/07 con este banco con una clausula suelo de 5%. Necesito saber si puedo acogerme a la sentencia de TSJ ya que no tengo oferta vinculante

Respuestas de otros profesionales:
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SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
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Buenas tardes,
Las condiciones de las hipotecas están en el contrato hipotecario que se firmó en su día ante notario, el cual obliga a las partes independientemente de la oferta vinculante. Indudablemente, es una cláusula abusiva la cual debe solicitar su modificación. Normalmente, las hipotecas tienen varias cláusulas abusivas, las mas comunes son: 1- Una es la cláusula suelo, 2- Los intereses y la 3- Las costas judiciales.
Quedamos a su disposición para colaborarle, la primera consulta es gratuita, y posteriormente una vez estudiemos su documentación, le presentaremos un presupuesto de lo que le costaría la acción judicial.
Cordialmente,

Victoria Suárez
Tel. 669017348

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOS

ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOS

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario

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Lo que exige la citada sentencia es la falta de transparencia, para lo cual ayuda la falta de firma de la oferta vinculante. Estamos llevando casos idénticos a los de vd.
Se interpone la correspondiente demanda ordinaria ante el Juzgado de lo Mercantil.
Le atenderemos sin compromiso y con primera consulta y presupuesto sin coste alguno en el 944232400 o el 619236927 en la persona de Ane Miren Magro.

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Abogado Mercantil Salamanca JUAN FRANCISCO MERCHAN MATEOS
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Comparto la opinòn de mis compañeros, ahora bien, desde el punto de vista procesal, ofrecemos una vía alternativa que abarata costes y reduce el tiempo de la resolucón judicial. Le animo a un contacto personal sin compromiso, donde podamos estudiar la alternativa propuesta.
Att. Juan Fco Merchàn -616617011- jfmerchan@icasal.com

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ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
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La falta de oferta vinculante puede ser un argumento favorable, en su demanda. Si bien previamente acuda al SAC de la entidad financiera.

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Desde luego, pero hay q estudiar detenidamente la escritura. Quedó a su disposición en el tlfno 91 571 01 41

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