Cláusula suelo: devolución de cantidades.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Respecto de la pregunta que usted me hace, aunque no le puede contestar, de forma genérica, entiendo que todo depende del caso concreto y de la interpretación que haga el juez de la normativa aplicable, y de la jurisprudencia existente. Puesto que para ganar un proceso judicial se necesitan tres requisitos: tener razón, demostrar que se tiene razón y que el juzgador interprete al norma y la jurisprudencia de la misma forma que la interprete el demandante.
Palau Abogados César Palau Temprado / Marta Guimerá Zaera
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia
El criterio del juzgado de Castellón es estimar la nulidad, pero sin devolución de cantidades, algo que a mi entender es contrario a derecho y contradictorio con la propia declaración de nulidad y su propia definición.
En función de la fundamentación de la sentencia, me planteo si podría solicitarse dicha devolución en ejecución de sentencia, o se tendría que recurrir.
En todo caso, existen numerosas Aud. Prov. que no aplican famosa sentencia del TS que justica la no devolución tras ratificar la nulidad de la cláusula suelo.
Herranz Ramia Abogados
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Reclamaciones de Impagados
En nuestro caso, estamos pendientes de que se dicte sentencia por un asunto de ese tipo, por lo que por el momento no le podemos dar respuesta