Cláusula suelo en subrogacion
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con la cuestión que plantea le precisamos que cada caso de cláusula suelo reviste singularidades propias que hay que analizar, por lo que en su caso le pedimos que se ponga en contacto con nosotros para que nos amplíe los antecedentes y pueda ser analizada la viabilidad de su pretensión a la vista de la documentación que sea remitida.
No obstante, le precisamos que los tribunales de primera instancia están dando la razón a los particulares en su petición de nulidad de la cláusula y de devolución de lo cobrado de más, aunque todavía no hay resoluciones de las Audiencias en vía de recurso y tampoco, como es obvio, del Supremo en casos como el suyo.
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En los supuestos de subrogación las entidades no tienen obligación de remitir oferta vinculante, lo que no exime al banco de la obigación de tener que informar al cliente de las condiciones financieras del préstamo, razón por la cual su reclamación de cantidad y de solicitud de nulidad de cláusula suelo, que se ejercitan ambas conjuntamente en demanda que da lugar a un procedimiento ordinario tramitado por el Juzgado de lo Mercantil de su domicilio, resulta viable.
Somos expertos en la materia.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS
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Abogado de Madrid especializado en Derecho Mercantil
Si su banco no le informó de las condiciones de la hipoteca a subrogar previamente a la firma de la misma, podría reclamar por falta de transparencia.
También podría demandar, solicitando la nulidad de la cláusula techo y suelo considerando que dicho pacto es abusivo.
Nuestro Bufete, Sley Abogados, tiene una dilatada experiencia en esta materia. Si lo desea, puede concertar una cita, sin compromiso, para ampliar esta información.