Rehipoteca abusiva firmada en 2013
Buenas tardes. En primer lugar, indicarle que el banco tiene la obligación de entregarle la documentación que posea de los productos que tiene contratados, ante su solicitud. Tras las recientes novedades legistativas en materia de contratos bancarios, existe la posibilidad de revisar los contratos de oficio por el juez y determinar las cláusulas abusivas que puedan incluir los mismos. Por ejemplo, sólo ese 30% de interés de demora, ya se consideraría abusivo. Lógicamente, habría que estudiar cada contrato o producto detenidamente. Nosotros somos especialistas en Derecho Bancario y quedamos a su disposición para lo que necesite.
Abogado Laboral Toledo - María Esther Galán Castellanos
Abogado de Toledo especializado en Derecho Administrativo
Buenos días. En primer lugar es conveniente que tenga contrato para saber qué ha firmado, es decir, cuales son las condiciones. Tambien es conveniente que se lea el contrato de la cuenta de crédito para saber si han respetado el plazo para no renovar. En cualquier caso mi opinión es que hay una total falta de transparecia pues Ud antes de firmar debería de haber contado con una propuesta por escrito.
A falta de datos no puedo darle una respuesta más amplia.
Atentamente.
LEGALISS ESSENTIA / MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ GARRIDO
Abogado de Toledo especializado en Derecho Civil
Desde luego, que puede hacer algo y desde CONSUMUSS podemos ayudarle.
En primer lugar la publicidad es vinculante con lo que puede hacerla valer siempre. Salvo que tenga alguna restricción y conste en ella.
También podría denunciarles por publicidad engañosa, siempre y cuando conserve algún tipo de documento que le facilitaron en el momento en el que le informaron.
Espero haberle servido de ayuda, reciba un cordial saludo.