Cobro de deuda, pareja de hecho y poder legal

Hola,

Somos pareja desde hace 17 años y por causa de enfermedad quiero darle autoridad a mi pareja para que cobre un dinero que tengo que recibir.

Hay un hijo en común y no quiero que cobre mi primer marido.

Gracias

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ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
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Buenas tardes. Lo primero que debemos conocer para asesorarle es el carácter del dinero que va a recibir; si es una herencia, por ejemplo, o una donación, le corresponde en su totalidad al tener carácter privativo, y no tener un régimen económico matrimonial vigente, aunque la sociedad de gananciales que pudiera tener siga pendiente de liquidación. Ahora bien, si corresponde con algún pago o liquidación de esa sociedad o de algún bien que comparta con su exmarido, necesariamente deberá acordar con él el destino de ese dinero.
También es importante que tenga regularizada la situación de pareja de hecho, inscribiéndose en el correspondiente registro, dado que según la ley valenciana, esa inscripción es necesaria para poder ejercer toda una serie de derechos que la misma le reconoce por lo que es muy conveniente que lleven a cabo dicha inscripción.
Quedamos a su disposición, un saludo. MANUEL SARRION SIERRA, CASES DE DRET ABOGADOS.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Mercantil Valencia Bufete Jesús León
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