Cobro pagas pendientes y ..
Desde un punto de vista de estrategia procesal, si presenta la demanda en reclamación de esas pagas extras antes de la declaración de concurso, el asunto se decidirá en un juzgado social; si espera a que se declare el concurso, el asunto se tratará en un juzgado mercantil. En mi opinión es preferible lo primero.
En cuanto a solicitar la extinción por incumplimiento del empresario, lo mismo, hágalo antes de la declaración de concurso. La ventaja es que esta extinción lleva aparejada la misma indemnización que el despido improcedente. Si espera a que la extinción se decrete dentro del concurso, la indemnización que correspondería sería la del despido objetivo, 20 días. En ambos casos lo más probable es que tenga usted que terminar reclamando a FOGASA.
Buenos días: En principio cuando una empresa entra en concurso, los primeros que en su momento cobrar son los empleados y despues los proveedores. Así que no tendría porque tener problemas para que eso llegara a suceder, pero también le digo que no será de forma inmediata.
Espero haberle sido de ayuda y nuestro despacho se pone a su disposición para lo que necesite, puede llamar al teléfono 626.637.849
Reciba un cordial saludo
Mariangeles García Andrade
RESPONSABLE DPTO. JURIDICO MG ANDRADE ABOGADOS
Buenas tardes,
Si la empresa aún no solicitó el concurso de acreedores, todavía está a tiempo de interponer una reclamación de cantidad individual para reclamar el pago de los salarios que tenga pendientes.
También sería posible solicitar la rescisión del contrato por impago.
Si tiene alguna duda mas puede contactar con nuestro despacho en el 91.554.14.04, preguntando por la asesora laboral Benita.
Un saludo.
Diganos como ha solucionado este tema y si ya ha cobrado las pagas pendientes de la empresa