¿Cómo cobrar deuda con reconocimiento de deuda de mi expareja?
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
Si ese reconocimiento de deuda está fuera de convenio, puede presentar una demanda de juicio monitorio o un declarativo; Si está incluido en el convenio, puede presentar el monitorio, el declarativo, o una ejecución. Dependerá del incumplimiento acumulado o previsible que le puede interesar una cosa u otra. Y en cuanto al patrimonio, siendo del provecho personal y particular de él aún estando a nombre de la empresa mercantil de la que él es a su vez administrador, siempre puede solicitar judicialmente el "levantamiento del velo" (doctrina jurisprudencial con la que combatimos estas ocultaciones patrimoniales a través de mercantiles). A priori no le veo dificultad siendo tal como usted lo expone, la jurisprudencia está muy desarrollada en esta materia. En cuanto a los gastos, sin duda serán irrisorios en comparación con el importe reclamado, siendo que además se vería él condenado en costas con total seguridad. Por acabar comentarle que en supuestos como el que usted expone se pueden encontrar fórmulas de retribución al abogado en base a resultados, lo cual también puede ser de interés para usted.
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Buenas tardes,
Contestando a su pregunta, no sé si se refiere a deuda asumida en el convenio regulador o fuera de él, pero en cualquier caso si está firmado de su puño y letra es perfectamente válido. Cabe reclamar o en vía de ejecución o en vía de procedimiento monitorio. En cuanto al resultado, los administradores de empresas realmente tienen muchas posibilidades de ocultar sus bienes pero aun así se trata de probar todos los embargos que se puedan, (por ejemplo, sus participaciones en empresas, posibles retribuciones, etc.) Además si se trata de alimentos o pensión se puede intentar la vía penal. Es bastante dinero, y realmente dejarlo pasar sin intentar nada no creo que sea una opción. Los gastos que tendrá serán bastante menores que la deuda.
SI desea un presupuesto o cualquier aclaración, estamos a su disposición.
Ignacio Tomás
Abogado
www.dorigaportabella.com
Se puede reclamar en base al documento que tiene, pero si no dispone de bienes ni salarios a su nombre el cobro sera imposible a corto o largo plazo, los gastos del proceso deberá abonarlos usted y si hay una condena en costas podrá reclamarlo pero si es insolvente o tiene reconocido el derecho a la justicia gratuita no podrá cobrarlos.
Si usted cumple los requisitos tambien puede solicitar un abogado de oficio.
Abogado accidentes Cornellá - GG Advocats: Cristina Galván García - Nídia Galán Fernández
Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General
Buenos días,
Para darle una respuesta segura, sería conveniente revisar la documentación de que dispone.
Por ello le sugiero que acuda a nuestro despacho para poder valorar la viabilidad de la reclamación.
La primera reunión sería gratuita y posteriormente, le haríamos un presupuesto sin compromiso.
Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno
Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
Si que podría reclamarle, aunque si es insolvente no cobraría.
Los gastos de reclamación los tendría que pagar usted.
Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que pueda precisar
Saludos