¿Cómo debo solicitar mi reincorporación tras una excedencia?

Solicité la excedencia por 12 meses en septiembre del año pasado, ya que estaba sufriendo acoso laboral, mobbing, por parte del nuevo director quién puso a su mujer en el puesto que yo desempeñaba en ese momento (jefe de Recepción de hotel)
Este próximo mes de septiembre se me cumple el periodo y quisiera saber cómo debo llevar a cabo la solicitud de reincorporación a mi original puesto de trabajo, el cual es Jefe comercial y marketing, el cual no ha sido ocupado por nadie.
Tengo entendido por compañeros que me van a denegar la reincorporación alegando que el puesto de Jefe de Recepción ya está ocupado, pero ése no es mi puesto original solo lo fue por un periodo de 5 meses.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO LABORALISTA SANT CUGAT Expertus Asesores y Juristas SL
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Buenos días,
Debes comunicar tu reincorporación de la excedencia al puesto que refieres, con tiempo suficiente para que la empresa pueda contestarte. Deberíamos conocer si has firmado algún documento de cambio de puesto de trabajo, para ver si podríamos defenderlo en un juzgado el puesto inicial de Jefe Comercial.
Independientemente a todo ello si existe acoso laboral, éste se puede denunciar y solicitar la extinction contractual y daños y perjuicios.
En definitiva para dar una respuesta más concreta deberíamos tener la documentación al respecto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Asesoría laboral Jaén Rosario Paredes

Asesoría laboral Jaén Rosario Paredes

Abogado de Jaén especializado en Derecho Laboral

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Buenos días

Te diriges mediante escrito, enviado o por fax (guardándote report justificativo) o mediante burofax. Expresando fehacientemente tu voluntad de incorporación el día que te corresponda.

Si no te contesta o te dice que no puedes interponer dependiendo de la situación de tu puesto, o declarativa de derecho o acción por despido, y si dudas las 2 acciones

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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15 días antes de la fecha en la cual vencen los doce meses envíe un burofax. Si la empresa le indica que está ocupado, podrá iniciar procedimiento por despido.

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