¿Cómo demandar el impago de la pensión de alimentos?

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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes,
Yo siempre soy más partidario de la vía civil que la penal, porque al fin y al cabo lo que interesa es cobrar.
Entiendo que existe una sentencia que condena al pago de esos alimentos.
Entonces, debe instarse la ejecución de la sentencia y averiguar qué bienes o ingresos tiene el padre y embargarle.
De todos modos, si hay más elementos que desee comentar le ofrecemos en el despacho una primera visita gratuíta.
Saludos
Supongo que se ha

Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Bancario
Buenos días,
Habría que ver el estado de la demanda penal personandose en la causa con abogado y procurador como acusación particular. Si tuviera bienes sería interesante renunciar a la acción penal e interponer la civil vía ejecución de sentencia. Puede contactar con nosotros, le ayudaremos. Saludos cordiales. Rosa Nieto, abogada de NIETO&SANZ Abogados asociados. rosanieto@icab.cat

Abogado accidentes Cornellá - GG Advocats: Cristina Galván García - Nídia Galán Fernández
Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General
Buenos días,
En caso de impago de pensión de alimentos lo más recomendable es reclamar la cuantía impagada. Se trata de un procedimiento en el que una vez presentada la demanda el juzgado procede a embargar los bienes el deudor. Si lo desea le podemos enviar un presupuesto para tal trámite.
Si tiene alguna otra duda estamos a su disposición.
Un saludo

ADVOCAT DIVORCI GIRONA POL NADAL
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
Es un procedimiento relativamente fácil en el que se puede solicitar el embargo de sus bienes si el deudor (en este caso el padre) no quiere pagar. Estamos a su disposición para lo que pueda necesitar y para hacerle un presupuesto totalmente gratuito y sin ningún tipo de compromiso por su parte.
Un saludo

ABOGADO GRANOLLERS - Mª DOLORES JORQUERA MOYA
Abogado de Mollet del Vallès especializado en Derecho Penal Común
Buenos días, para reclamar la cantidad debe acudir a la via civil ya que puede reclamar hasta tres años atrás. Para eso necesita abogado y procurador y se procederá al embargo de los bienes que tenga el padre de su hija. Si necesita presupuesto estamos a su disposición. Gracias.

Le recomiendo la vía civil, porque es muy rápida, y declaran el embargo automáticamente, y si está jubilado, mensualmente le retendrán la cantidad.
Pongase en contacto con mi compañero Pedro del Barco en el 93 538 2331.

Para intentar cobrar lo más recomendable es la vía civil, quedamos a su disposición para ello.
Un saludo.