¿Cómo demuestro que no debo pagar su parte de la deuda?

Llevo separada desde 2004 y divorciada por el contencioso desde el 19 de abril de 2009. Desde abril tengo mi sueldo embargado por una ejecución judicial que recaería sobre mi ex-marido (que vive y trabaja en Bruselas) y sobre mí que, sin embargo, sólo yo estoy pagando.

Necesito paralizar el embargo y señalar que no respondo por su parte de la deuda. ¿Es eso posible o tengo que reclamarlo después?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Si la ejecución se ha dirigido contra los dos es más que probable, aunque no lo diga, que la deuda común sea solidaria; 2) Si es así sólo podrá paralizar la ejecución pagando todo lo que se debe por principal, intereses y costas o alcanzando un acuerdo con el acreedor, por lo que el embargo de su sueldo continuará y también podrá ser ampliado a otros bienes si los tiene; 3) Todo lo que pague por su ex se lo podrá reclamar, pero para ello tendrá que poner en marcha el correspondiente procedimiento y luego, si no le paga, promover una ejecución que le permita embargar sus bienes si continúa el impago; 4) Al final tendrá que valorar si puede liquidar la deuda y reclamar a su ex o le interesa más, según como sea su situación personal y patrimonial, ir pagando poco a poco con lo que le vayan embargando, aunque al final pague más y tenga que soportar los inconvenientes de una ejecución; 5) Si quiere que le asesoremos, previa remisión de presupuesto, póngase en contacto con nosotros por teléfono o por email.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

VER PERFIL
Contestado

Buenos días,

Lamentablemente, si usted y él eran deudores solidarios, le pueden seguir embargando a usted todo, y usted tiene derecho a que él le reintegre lo que paga por su parte, para lo cual le puede demandar, y le abonará todo con sus intereses y costas.
Lo frustrante es que él seguro que tiene bienes, pero al residir en Bruselas, no se procede contra él desde España, salvo que usted fuera insolvente.

Le recomiendo que actúe usted contra él, y no se asuste porque esté en Bruselas, es sencillo actuar judicialmente en otro país de la UE.

También puede instar la liquidación de la sociedad de gananciales e incluir esa deuda, y se lleva todo en España, para poder cobrárselo sin ir a otro país.

Le ruego se ponga en contacto con este despacho.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
JUAN PENEDO FERNÁNDEZ

JUAN PENEDO FERNÁNDEZ

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

Contestado

Buenos días,

En principio, y sin tener conocimiento del procedimiento en detalle, entiendo que dicha deuda era ganancial, o fue asumida por ambos cónyuges, por lo que el embargo, se lleva a cabo indistintamente contra cualquiera de los dos.

Si sería posible, no obstante, tratar de conseguir que mediante comisión rogatoria se produjese el embargo del sueldo de su ex marido en Bélgica, o reclamarle posteriormente el pago de las cantidades abonadas por usted.

De igual forma, tendría que conocer más en detalle su sueldo, la cantidad que le están embargando, etc, para saber si el porcentaje del embargo es correcto.

Si desea comentar el asunto en mayor profundidad, no dude en ponerse en contacto conmigo.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Logo-anonimous-w100
Contestado

Buenas tardes, primero habría que ver cuando se realizó el contrato por la deuda que se le embarga, si fue antes del divorcio, tanto si usted aparece como no en el contrato, responde solidariamente por estar casados, siempre que sea en bienes gananciales, si en el contrato aparece usted igualmente responde. Solamente podría paralizar el embargo si usted ya estaba divorciada de su expareja y no aparece usted en el contrato. SI le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en el despacho, donde estudiemos su caso y viendo los autos del procedimiento. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Contestado

Buenas tardes.
Lamentándolo mucho, si usted era también deudora, le podrán seguir embargando el sueldo hasta que termine de pagar la deuda, independientemente de que después usted pueda repetir la deuda pagada en su nombre, y el hecho de que el este en Bruselas, no tiene porque ser un impedimento, aunque si es algo mas largo, ya que hay que llevarlo a cabo, mediante una comisión rogatoria.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios, pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado