¿Cómo puedo demandar a una señora que lleva cerca de 20 años amenazándome?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Las amenazas, incluso leves, son constitutivas de delito en España, con remisión a los arts. 169 a 171 del Código Penal; 2) Otra cosa es que lo que le dicen por facebook, y cuyo texto desconocemos, no tenga dicha consideración, sin perjuicio de poder ser la conducta que relata constitutiva de algún otro delito; 3) Por todo ello y si quiere que le digan las diferentes opciones de que dispone en su caso, le recomendamos que antes de dar ningún paso ponga el asunto en manos de un abogado, por lo que si desea contratar nuestros servicios, previa la remisión del correspondiente presupuesto, y que valoremos las circunstancias concretas de lo que nos cuenta puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono o por email.
Buenas tardes.
El caso es que me comentas es muy interesante, y he tenido experiencia con casos similares, por tanto, mi consejo, en este caso sería presentar una querella contra ellos preconstituyendo prueba, con este proceso estoy 100 × 100 convencido de que podríamos conseguir una orden de alejamiento.
Lo importante sería que se pusiera en contacto con nosotros.
Esperando su respuesta reciba un cordial saludo.
Atentamente
AFIN ABOGADOS. Abogados PENALISTAS y de FAMILIA Murcia
Abogado de Murcia especializado en Responsabilidad Civil
Puedes interponer denuncia o querella. Saludos.