¿Cómo puedo hacer para que cesen los ruidos molestos de vecinos?

Buenas tardes.

Desde hace algo más de 2 años tenemos una familia gitana viviendo justamente encima de nosotros y el caso es que cada tanto traen chatarra y otros enseres que a posteriori despiezan a golpes en el propio piso, arrastrando y tirando al suelo todo lo que traen.

Es algo insufrible y ya se les llamó la atención en varias ocasiones haciendo caso omiso e incluso negando en nuestra propia cara que ellos fueran los causantes de tales ruidos.
También se procedió a dar queja al dueño del piso en 6 ocasiones y todo sigue igual e incluso peor.
También sabemos que esta familia está en alquiler sin contrato alguno, por lo que el dueño del piso no declara ni el más mínimo dinero en Hacienda y es por este lado por donde mas veo conveniente tirar, ya que el tema de los ruidos siempre suele ser excesivamente lento.

Les pido ayuda porque esto está alcanzando el punto de molestia absoluta, llegando a los extremos de ni siquiera poder dormir una simple siesta.

Por favor,necesito ayuda. Ya son más de 800 días con esta situación.
¿Qué debo o puedo hacer?

Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

En relación con lo que pregunta, y centrándonos en la vertiente civil de su problema, le precisamos lo siguiente: 1) Las actividades molestas por ruidosas en el seno de una comunidad pueden dar lugar al ejercicio de acciones para que cesen; 2) Pero en dicho proceso se tendrá que probar la realidad y el alcance de los ruidos, esto es, que son reales y de suficiente entidad como para ser molestos, ya que en otro caso puede ser rechazada su postura; 3) Por ello, tendrán que haber hecho bien los deberes, con el asesoramiento de un abogado, antes de dar un paso judicial, y a tal fin es recomendable que existan requerimientos previos fehacientes, actas de Juntas en las que haya sido tratado el asunto, actas policiales y cualquier otro elemento de prueba que se considere; 4) La denuncia de posibles infracciones tributarias no les garantizará que los ruidos cesen; 5) Si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o email. Trabajamos en toda España y con presupuesto previo siempre.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas

Administrador de Comunidades de Propietarios - QUO VADIS Fincas

Asesoría de Mérida especializado en Derecho de la Vivienda

Contestado

Puede usted ejercer una Acción de Cesación contra el propietario y/ó inquilinos de la vivienda, por dos vías:
1.- contratar personalmente un abogado e interponer una demanda contra el propietario ó inquilinos de la vivienda.
2.- en virtud del art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal solicitar a la Comunidad de Propietarios que requiera al propietario y/ó inquilinos el cese de las molestias bajo advertencia de iniciar las acciones judiciales oportunas en caso de que esto no ocurra en el plazo de tiempo que se les marque.
La acción de cesación es algo que no suele ejercerse pero es tan serio que puede terminar en:
1.- en el caso de viviendas alquiladas el juez puede determinar la rescisión del contrato de alquiler y el desalojo de la vivienda.
2.- en el caso de propietarios residentes, puede llegarse a producir una condena por la que se les obligue a abandonar su vivienda por un plazo de 4 años.

El administrador de su comunidad debería haberle informado de estas posibilidades.

Reciba un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO

Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO

Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario

VER PERFIL
Contestado

Hola buenos días:

Dice usted que les han llamado la atención a estos vecinos. mi pregunta es ¿cómo lo han hecho? Ustedes directamente a ellos, de palabra? ¿Se han dirigido al dueño? ¿O al presidente o al administrador de la finca? ¿lo han hecho todo de palabra? ¿Han mandado carta?

Es fundamental que se dirijan a las personas que les estoy indicando y de manera previa y fehaciente antes de poder emprender acciones legales.

También me gustaría preguntarles si han puesto alguna denuncia o si han llamado a la policía.

Todo esto se lo pregunto para poder darles una respuesta más detallada. Si quieren pueden ponerse en contacto conmigo.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil

Contestado

Si lo desea puede leer mi artículo sobre este tema en el blog de isabel segovia, le puede resultar de utilidad.
Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor