¿Cómo puedo quitar patria y potestad?

Divorcio hace 3 años, mi hija tiene 4 años, nunca ha pagado pensión, 10 meses sin venir a verla, llama 1 vez al mes, a los 5 años según convenio( mutuo acuerdo) pasa a custodia compartida, yo vivo provincia Barcelona el según nos comunico en Tarragona.

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Abogado derecho consumo y contratación Barcelona - Maria Teresa Segura Roure
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Hola, buenas tardes señora. La comprendo muy bien. Pero he de aclararle que en Derecho, las emociones no nos suelen llevar a las mejores soluciones legales. Lo primero que resulta evidente es que has de EJECUTAR la sentencia de divorcio. El objeto de una demanda civil "de ejecución de sentencia" es el de pedir al Juzgado/Juez que la dictó, que obligue a la otra parte a cumplir todo lo que en ella se estableció, con el conocimiento y participación del propio obligado (demandado). Has hecho lo correcto, contactarnos. Date prisa. Estás obligada a solicitar la Ejecución, de no hacerlo y siendo la nena menor de edad, se te podría aducir falta de responsabilidad civil por tu parte en la defensa de los derechos de tu hija. El tiempo no pasa en vano. HAZLE CUMPLIR LA SENTENCIA. También he de comentarte que, según la Ley, el impago de la pensión no excusa el derecho a visitas que se hubiere podido establecer para el padre. ENTIENDO PERFECTAMENTE tus reparos. Recordarte, además, que el incumplimiento del pago de la pensión es denunciable como delito de abandono de familia si se produce durante tres meses continuados o bien seis alternados. Es decir que, además, posiblemente tengas la vía penal abierta para exigir se cumpla lo establecido.
En cuanto a la patria potestad, entiendo que éste no es el caso, con la Ley en la mano. No te muevas por resentimientos, no aportan soluciones sino más problemas. No estás sola. Estamos, y estoy, a tu disposición. Con mis mejores deseos, María Teresa Segura, Abogada.
Barcelona
Gracias por consultarnos.

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Abogado divorcios Pineda de Mar C&G ABOGADOS Y ASESORES FISCALES
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Buenas tardes, a priori la patria potestad la ostentan ambos progenitores, no obstante, existe un procedimiento dentro del ámbito del Derecho de Familia para poder privar de la patria potestad al progenitor que no ejerce debidamente, reiteradamente y de manera injustificada, sus capacidades y obligaciones parentales.

No obstante, y antes de proceder a iniciar un procedimiento de este tipo, es imprescindible estudiar bien el caso, para poder buscar la mejor solución y adecuarla a sus pretensiones, por tanto, sería conveniente realizar una reunión presencial en nuestro despacho, a fin de exponer el problema y resolver todas sus dudas.

Estamos a su disposición para poder coordinar una visita si estuviera interesada.

Un cordial saludo.

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ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
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Buenas tardes,

Cabe la posibilidad de retirar la patria potestad en ciertas circunstancias, sería conveniente estudiar el tema, para considerar la viabilidad en su caso. Pero dado que en breve el régimen de guarda pactado va a verse modificado por convenio, creo que debería plantearse interponer una demanda como mínimo de modificación para evitar esa custodia compartida.
Quedo a su disposición por si desea una consulta más depurada.
Un saludo,

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días.
En estos casos lo que debe hacerse es solicitar una modificación de la sentencia, ya que ha habido un cambio muy importante de circunstancias. Debe plantearse al juez el absoluto desinterés por parte de él y que se le atribuya a usted el ejercicio de la patria potestad y la custodia completa. Si desea comentar el tema personalmente estoy a su disposición.
Ignacio Tomás
Abogado

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SANTOS & SARDÀ ABOGADOS

SANTOS & SARDÀ ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos Dias,

Como entiendo que existe una sentencia de mutuo acuerdo pues si se pretende modificar entonces se tiene que proceder a realizar un procedimiento de modificación de medidas definitivas (con abogado y procurador).

Necesitariamos leer la sentencia y ver el caso completo para orientarle.

Pongase en contacto.

Daniel Santos
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Tomás Fernandez Valentí

Tomás Fernandez Valentí

Abogado de Hospitalet de Llobregat especializado en Derecho Civil

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Lo recomendable sería interponer una demanda a fin de modificar el convenio de mutuo acuerdo de cara a no conceder la custodia compartida, pero el asunto debe estudiarse previamente con cuidado. Saludos cordiales.

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