¿Cómo puedo tener la custodia de mi hijo recién nacido?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
La guarda y custodia se atribuye en función de cuál sea el beneficio o interés del menor en cada situación concreta en que se discuta, por lo que cuando se promueva el correspondiente procedimiento de fijación de medidas tendrá que acreditar con todos los medios de prueba de que disponga que dicho menor está mejor con usted que con su madre. No obstante, y por razones más que obvias, existe una inercia judicial contraria a privar de la guarda y custodia a una madre que acaba de tener a su hijo, salvo que existan razones lo suficientemente graves para ello. Si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también damos asesoramiento telefónico y online en casos como el suyo.
Buenos días. Coincido plenamente en lo que dicen mis compañeros de otros despachos. Solamente quisiera añadir que si realmente usted piensa que tanto la madre como el entorno familiar en el que se va a criar a su hijo no son los adecuados y usted puede demostrarlo, así como demostrar que con usted el niño estará mejor atendido y educado, podría usted conseguir la guarda y custodia. Para conseguirlo abría que aportar pruebas determinantes de lo que usted alega, por lo que el proceso puede ser largo y costoso. Estamos a su disposición para aclarar cualquier duda que tenga al respecto o para facilitarle un presupuesto sin compromiso alguno. Un saludo.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Cada caso es diferente y el de Vd. se sale algo de la norma, lo que hace que su petición no sea descabellada y tenga sentido.
Debe saber que los tribunales no son propensos a quitar la custodia a la madre, salvo circunstancias muy especiales. Para solicitar la custodia de su hijo deberá hacerlo a través del Juzgado y deberá emplearse a fondo si quiere conseguirla o al menos que se le de un régimen de visitas muy amplio o tal vez una custodia compartida.
Espero que mi respuesta le sea de utilidad.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes. Comentarle que a priori los jueces tienen tendencia a que los menores recién nacidos, especialmente por la lactancia, tenga la guarda y custodia la madre. Si usted quiere solicitar la guarda y custodia del menor debe interponer una demanda de medidas detallando exhaustivamente todo lo que comenta y argumentado para poder conseguir la custodia. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho donde estudiaremos detalladamente su caso. Un Saludo.
ABOGADO ESPECIALISTA EN SEPARACIONES Y DIVORCIOS MADRID- ALMAZÁN GARCÍA ASESORES
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
Sinceramente, en la práctica para un padre tener la custodia de un recién nacido, lactante es harto complicado. Pueden tratar de pactar de mutuo acuerdo un regimen de visitas progresivo, lo más amplio posible atendiendo a las necesidades de su hijo hasta establecer un sistema de guarda y custodia compartida.
Quedo a su disposición.
Un saludo,