¿Cómo quitar o disminuir la pensión de alimentos?
Abogado Familia Motril Caracuel Abogados
Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia
Las medidas definitivas sobre contribución de los progenitores a los alimentos de los hijos acordadas en todo proceso matrimonial pueden ser modificadas judicialmente cuando se alteren sustancialmente las circunstancias concurrentes a la fecha en que se adoptaron (artículos 91 y 93 CC), por ejempleo, desempleo actual, bajada de nómina o acceso al trabajo del progenitor custodio.-
En términos generales, para que tenga lugar tal modificación, se exige los siguientes presupuestos: A), haya tenido lugar un cambio en el conjunto de condiciones consideradas al tiempo de adoptarse las medidas; B), Que tal cambio sea importante; C), Que la variación afecte a las circunstancias esenciales que fueron tenidas en cuenta para la adopción de las medidas.-
También es posble extinguir la pensión de alimentos al hijo cuando ni se esfuerza en ultimar su preparación acedámicaen, para incorporarse a la actividad laboral, lo contrario sería favorecer una situación pasiva de lucha por la vida, que podría suponer un parasitismo social, y también cuando teniendo capacidad no ejerce ninguna profesión.-
Buenas tardes
Deberá iniciar procedimiento de modificación de medidas en relación a la pensión, debido a que sus circunstancias en este caso economicas han cambiado con respecto al momento en que se fijó la cuantía de la pensión.
En caso contrario la progenitora de la menor podría exigirle su pago mediante la ejecución del convenio regulador que convino esa cuantía, y se le exigiría lo que ha dejado de pagar a razón de los 365 €, al no haber iniciado el procedimiento para "comunicar" que su circunstancia economica ha cambiado.
Puede tener la nómina embargada en este momento, pero la obligación de prestar alimentos puede afectar a sus nóminas futuras asi como bienes, es decir, aunque ahora no tenga para pagar esa pensión y se encuentre su nómina embargada cuando deje de estarlo, deberá pagarla, por la cuantía que se acordó, si no es modificada previamente por usted.
Mi despacho queda a su disposición
AlterLey Abogados
Buenos días: puede pedir al Juzgado que se modifiquen los efectos declarados en su sentencia, o sea, el tema económico, ello a través de un proceso llamado de "modificaicón de medidas", que básicamente se orienta a probar que las circunstancias por las que se establecieron los 360 eu de pensión han variado: las suyas, y ello llevará una rebaja en la pensión. Otro tema es si sigue teniendo derecho a alimentos su hija, o sea, si no tiene ingresos porque no quiere o porque no puede. Espero tenga suerte en el juicio. Puede también optar a una mediación, donde las partes buscarán con ayuda del mediador, la mejor solución a su situación, que luego se lleva al Juez para que lo apruebe. Cordiales saludos.
Hay q demostrar q las circunstancias sobre las q se estableció la pensión han variado significativamente, eespecialmente las econòmicas. Si su hija no estudia ni trabaja porque no quiere, también influye lógicamente. si desea más información debería concertar una cita. un saludo.
Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Necesita abogado y procurador para instar un procedimiento judicial de modificación de medidas. Póngase en contacto conmigo y le recibiré para asesorarle detalladamente en nuestro despacho de granada. Reciba un cordial saludo