¿Cómo se arregla una herencia en un caso sin testamento?
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Si su marido falleció sin testamento, y habiéndole sobrevivido el padre, usted como conyuge viudo tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia, con independencia de sus derechos en la extinguida sociedad de gananciales.
Me imagino que su suegro habrá formalizado ante notario la correspondiente declaración de herederos abintestato, pero para llevar a cabo la adjudicación de la herencia no puede haberla firmado el solo, ya que es necesaria la firma ante notario de todas las partes y de mutuo acuerdo, ya que en caso contrario el notario no puede intervenir.
Otra cosa es que haya formalizado solo,una escritura de aceptación de herencia a beneficio de inventario, pero no puede haber realizado dicho inventario.
Por ultimo le indicó que antes de acudir a la vía judicial para la formalización del adjudicación de la herencia, debería intentar un acuerdo con su suegro, ya que el procedimiento judicial de división y adjudicación de herencia, es largo y costoso, ya que no solo tiene que contratar un abogado, sino que si no están de acuerdo en la adjudicación de los bienes, tendrá que intervenir un contador partidor, que es abogado y cobra los honorarios de acuerdo los aranceles del colegio de abogados, sino que si no están de acuerdo con las valoraciones de los bienes tiene que intervenir también un perito que valore los bienes y que como es lógico también cobra los correspondientes honorarios.
Mi consejo es que contrate un abogado, que pueda negociar con el abogado de su suegro y trate de evitar cualquier procedimiento judicial.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios pongase en contacto con el despacho, ya que he sido más de cuarenta años oficial de notaria, y es un asunto que he tratado con asiduidad.
Un cordial saludo
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
La liquidación de la herencia, con el reparto de bienes entre ustedes, necesita el acuerdo de los dos si se hace en la notaría o la decisión de un juez si ha tenido que ser promovido, por falta de acuerdo, un procedimiento judicial. No obstante, antes de promover un procedimiento civil de liquidación de herencia, le recomendamos que intente el acuerdo por medio de un acto de conciliación ante el Juzgado de Paz del domicilio de su suegro y en el que le solicite que se avenga a aceptar la liquidación que usted le proponga con la solicitud de conciliación, incluyendo los datos que considera correctos. Si no hay avenencia en ese acto de conciliación, sólo le quedará, a falta de acuerdo, promover el correspondiente procedimiento de liquidación. Por lo que respecta a la discrepancia sobre los datos recogidos en la escritura que han querido que firme, habría también que saber el alcance de esa discrepancia para poder valorar si los hechos pueden tener relevancia penal por ser constitutivos de algún delito de falsedad. Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y online, previo presupuesto siempre.
Buenos días,
ante la situación de falta de acuerdo, es necesario plantear una demanda judicial para la división judicial de la herencia.
Su suegro ya ha aceptado la herencia, aunque sea a beneficio de inventario, y la primera fase de dicho procedimiento es la formalización de dicho inventario, en el que por supuesto, usted solicitará que se incluyan los bienes ( activo y pasivo) que se han omitido. En caso de discordancia de su suegro, se pasa a un juicio verbal en el que se discute con toda la prueba si se incluye un bien o no. A raíz de que el inventario esté realizado, su suegro ha de pronunciarse.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Si como entiendo, usted no ha firmado ante notario la escritura de aceptación y manifestación de herencia, no es válida la firmada por su suegro, porque tiene que firmarse ante notario en el mimo acto. Ahora bien, si a la herencia concurre su suegro y usted, su suegro tiene derecho a la legitima solo de un tercio de la herencia, el resto es suyo. Para mayor información puede contactar con este despacho y le atenderemos. Un saludo
Buenas tardes! Su suegro no puede aceptar la herencia de su esposo fallecido sin su consentimiento, y menos si previamente tienen que liquidar la sociedad de gananciales. Es en dicho mentó cuando se debe formalizar el inventario de bienes, y proceder a su liquidación.
No ratifique fin que sus derechos estén bien protegidos. Un saludo, si desea más información contacte con nosotros!
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Mi sugerencia es que contrate a un abogado para intentar llegar a un acuerdo con el abogado de su suegro, sin necesidad de un proceso judicial, que suele ser largo y, obviamente, costoso.
Sí. Necesita acudir al Juzgado para plantear la división y adjudicación de la herencia si no llega a un acuerdo con su suegro.
Podemos defender sus intereses, llámenos. Tenemos experiencia en estos trámites.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Primero debería intentar negociar la situación, y en caso de no alcanzarse un acuerdo habría que presentar, efectivamente, una demanda de testamentaria, comenzando por la formación de inventario.
GÁLVEZ ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
No es necesario. Incluso sin conocer los datos excatos, cualquier heredero puede aceptar la herencia a benficio de inventario.
Si desea ampliar información puede solicitarla
Saludos