¿Cómo se puede acabar de pagar un préstamo que te han cancelado el contrato y quieren que le pages la totalidad del préstamo?

Me quedan 6 meses para pagar el préstamo, últimamente no hemos pasado por una buena situación financiera y hemos pagado el coche como hemos podido, ahora queda algún pago pendiente y nos han cancelado la deuda diciendo que hay una cláusula que lo pone. No hemos encontrado esa cláusula en el contrato y quieren que paguemos todo el resto de la deuda y nosotros no podemos pagar tanto dinero, ¿qué podemos hacer?

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GONZÁLEZ & FONTSARÉ ADVOCATS

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Abogado de Girona especializado en Derecho Civil General

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Buenas días,
Necesitaríamos estudiar el contenido del contrato para poder valorar correctamente si se ha procedido a resolver el contrato y las consecuencias de dicha resolución.
Dicho lo anterior, según nos indica, ante la falta de pago de alguna de las mensualidades la financiera ha optado por resolver el contrato y exigir el pago de la totalidad de la deuda. En este caso, si bien la financiera puede exigir el pago completo de la deuda (más intereses) e incluso iniciar los trámites judiciales para su cobro, no es menos cierto que la financiera no puede negarse a que usted pueda realizar pagos parciales encaminados a reducir la deuda y por ello le tendrán que indicar la forma en la que deben llevarse a cabo. De lo contrario, la financiera estaría actuando de mala fe poniendo impedimentos al cobro de la deuda, hecho que puede oponerse en el procedimiento judicial.
En todo caso, si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros y concertaríamos una visita para poder buscar la mejor solución al problema que nos plantea.
Un Saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Hola, buenos días

Este tipo de cláusulas se llaman de "vencimiento anticipado" y seguramente están en las condiciones generales de su préstamo en el apartado de "impago". Son en principio legales para el caso de impago de cuotas (quiere decir que si no pagan por lo general dos cuotas, se considera que ya les pueden reclamar todo lo que queda). Lo que puede considerarse abusivo es si además de las cuotas les ponen un interés moratorio (es como un interés de castigo por haber impagado cuotas). En su caso, si el impago es cierto, recomendaría una negociación directa o a través de abogado con el banco para conseguir que les acepten unos pagos mensuales, normalmente lo aceptan.

Para cualquier cosa, naturalmente pueden venir a una primera visita sin coste.

Ignacio Tomás.
Abogado
itomas@dorigaportabella.com
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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Si no existe clausula que lo pone, no es válido lo que te piden.
Contacte conmigo y le diré como lo tiene que hacer.
vanguardbcn@gmail.com

Javier Santos.
Abogado

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