¿Cómo se reparte la herencia con testamento?

Hola, mi caso es algo extraño.
Mi padre falleció en el año 2006, desde el 2006 hasta el momento, tanto mi hermano como yo nos hemos hecho cargo de las deudas de mi padre.
Nosotros no hemos ido al notario nunca porque disponemos de una copia simple del testamento.

Él realizó un informe de últimas voluntades, en el cual nos dejaba todo a mí y a mi hermano, dejando solamente la legítima a sus dos otros hijos, fruto del primer matrimonio en el cual se quedó viudo.

A fecha de hoy, aun no hemos hecho ningún cambio ni hemos aceptado nada del testamento, me gustaría saber cómo se debería de proceder y conocer si estamos a tiempo aun.

Del mismo modo saber cuánto tiempo disponen mis hermanastros para poder solicitar la legítima, ya que nosotros no tenemos relación con ellos y para más ejemplo, ni asistieron al entierro de su padre.

Por otro lado, uno de los inmuebles que mi padre nos deja en herencia, corresponde a mi padre y su primera mujer, el cual se quedó viudo. Para realizar el cambio de este inmueble ¿cómo debemos proceder, ya que mi padre lo compró, pero al estar casado con esta señora, como es normal lo puso a su nombre también.
Espero me puedan aclarar esto, ya que es una gran movida, pero me gustaría poder construir la casa soñada de mi padre en su terreno y no me gustaría que mis hermanastros, los cuales ha pasado de su padre durante toda la vida, y hemos sido mi hermano y yo los que hemos cuidado de él y nos gustaría cumplir su sueño de su casa en su pueblo.

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Empezando por la primera pregunta, están a tiempo de aceptar la herencia; otra cosa es que la propiedad esté ocupada a título de dueño por otra persona desde hace más de treinta años, con lo cual podría haberla adquirido en virtud de ese uso, si lo puede demostrar. En cuanto al plazo durante el que los hermanastros pueden reclamar la legítima, es de 10 años a contar desde la defunción de su padre (considero que tenía vecindad civil catalana al momento del fallecimiento).
Para saber en qué situación se encuentra la mitad del inmueble que era de la primera esposa, lo primero sería obtener una nota simple del Registro de la Propiedad y depende del contenido de la misma, saber si esa Sra. hizo testamento y en ese caso en cuál era su contenido. Aunque parezca complicado se puede obtener esa información.
Espero haberle ayudado a centrar el tema.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes.

Pues es un caso más sencillo de lo que parece.

Vamos por partes:

Sus hermanos, con la legislación vigente, disponen de un plazo de 10 años para reclamar la legítima, desde la muerte de su padre, o sea que teóricamente aun están a tiempo, aunque les falta poco. Si no han dado ningún paso, es remoto que lo hagan. Para aceptar la herencia no se necesita que estén presentes los legitimarios.

En cuanto al plazo para aceptar la herencia, es de 30 años, o sea que están a tiempo sobradamente.

El último escollo basta acreditar al Registro el fallecimiento de su mujer, el testamento o la ausencia de dicho documento, e inscribir la finca a nombre de su padre, para que en la aceptación pueda ser inscrita a su nombre.

Estoy a su disposición para aclararles todas las dudas que puedan surgirles.

Atentamente.

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ARANZAZU ABOGADOS

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Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Buenos días.
En primer lugar, tienen prescritos los impuestos de sucesiones, por lo tanto ya es una ventaja.
Pueden realizar los trámites de aceptación de herencia ante una Notaría, sin problema alguno. Y ciertamente, existe un problema respecto a la vivienda copropiedad con su primera esposa, puesto que la mitad de la señora es para sus hermanastros, y la otra mitad, es para ustedes dos y una pequeña parte para ellos. Se trata de alcanzar los pactos adecuados con sus hermanastros para conseguir dicho terreno y dar continuidad a los deseos de su padre. Es muy extraño que sus hermanastros no hayan reclamado nada, pero ellos tienen pendiente la herencia de su madre y de su padre, y tal vez incluso pudieran plantearse renunciar a todo, si no tienen interés.

Nos ponemos a su disposición en el teléfono de referencia.

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Manuel de Luque Abogados

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Abogado de Granollers especializado en Procesal Civil

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En principio sí están ustedes a tiempo de aceptar la herencia. No obstante al existir otros herederos a los que les corresponde también la legítima, no queda más remedio que preparar una estrategia adecuada para hacer la participación de la herencia, que les permita vivir tranquilos. Esto es imposible hacerlo con rigor por Internet. Desde luego, si viene a visitarnos, podrá contar con nuestro asesoramiento legal para llevar el asunto a feliz término.

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PEDRALBES ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Fusiones y Adquisiciones

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Buenas tardes.
Se debería tramitar la aceptación de herencia y deberíamos ver la copia simple del testamento. El tiempo que disponen los hermanos para la legítima depende de varios factores, cada comunidad es distinta en esto. Para realizar el cambio de nombre del inmueble, hay que interponer una demanda aportando certificado de defunción. Si lo desea podemos darle hora para poder venir a nuestro despacho y asesorarle correctamente.

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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En primer lugar usted aún está a tiempo de aceptar la herencia y sus hermanos disponen de 10 años para reclamar la herencia.
En definitiva si nos trae la documentación, le efectuaremos un informe con los detalles necesarios de lo que debe hacer.
Primera visita gratuita.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días.
El tema que plantea es bastante complejo como para asesorarle por este medio. Si lo desea, podemos concertar hora para una primera visita gratuita en el despacho. Sin tener toda la documentación podría darle un mal consejo.
Saludos.

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Abogado Delito Económico Barcelona Manuel Alonso Martinez

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Abogado de Olesa de Montserrat

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Esta a tiempo de aceptar la herencia.
Nos podemos encargar de todo incluso conseguirles el dinero que puedan necesitar.
Un saludo.

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