¿Cómo tener la patria potestad de mi hija?

Tengo una hija de nueve años, a la cual, su padre ni le llama ni le pasa pensión desde hace cinco años.
Somos pareja de hecho y no sé ni dónde vive. Me gustaría saber si puedo quitarle la patria potestad.

Nunca lo denuncié, ni existen medidas judiciales. En primer lugar, porque ni sé dónde está y ya no quiere que tenga ningún derecho sobre mi hija. Ha pasado demasiado tiempo y ella lo pasó muy mal. Han pasado cinco años sin saber nada de él. Y sobre todo saber si me dan la patria potestad de mi hija. ¿Él tendría derecho a verla?

Muchas gracias

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Estimada señora, son varias las preguntas que usted realiza.
En primer lugar para solicitar la pensión, tendrá que presentar una demanda en reclamación de relaciones paterno-filiales, ya que al no estar casados, este es el sistema, y en esa demanda solicitar la pensión de alimentos de la menor, y establecer en su caso todas las demás circunstancias del caso.
En cuanto a quitarle la patria potestad, hay que tener en cuenta que la patria potestad es un derecho irrenunciable y será usted quien tenga que justificar las causas. No obstante, teniendo en cuenta que actualmente es necesaria la firma de ambos progenitores para muchas actuaciones, como operaciones, pasaportes, etc., debería intentarlo, paras no tener que depender de él en esas circunstancias.
Por último, aunque se le suprimiese la patria potestad, entiendo que el padre, si tiene derecho a visitar a su hija menor, lo que normalmente constará en la sentencia de las relaciones paternos-filiales citada. Otra cosa es que se solicite que las visitas, en su caso, sean siempre en compañía de otra persona o en un punto de encuentro.
Estamos a su disposición para cualquier aclaración o consulta que desee realizar, así como para llevar su caso.
Un saludo

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RF Abogados

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal

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Buenos días,

Para obtener la custodia de su hija y establecer una pensión de alimentos, la cual usted tiene derecho a percibir de forma mensual, deberá iniciar un procedimiento de Establecimiento de Medidas. En este procedimiento se establece también el régimen de visitas del padre hacia la hija, pero por lo que nos comenta, no se hará cargo ni cumplirá con él.

Puede contactar con nuestro despacho a través de los datos que aparecen en esta página si desea que le informemos más detalladamente del procedimiento.

Un cordial saludo

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Aunque es un procedimiento complicado, si es posible conseguir la privación de la patria potestad en su caso y en este Despacho ya hemos solucionado varios temas parecidos por lo que si lo desea se puede poner en contacto con nosotros y le ampliaremos la información. El padre podrá tener derecho a ver la niña pero le aseguro que en estos casos similares que hemos llevado, jamás los padres han querido ver a los hijos.

Atte.

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CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS

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Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común

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Es muy difícil que consiga que le quiten la patria potestad. Por su pregunta entiendo que si tienen firmado algún tipo de convenio donde se fija una pensión. Si es así y existen sentencia judicial puede ejecutarla para obligarle a que se la page. Si no es así le aconsejo que solicite un procedimiento de guarda y custodia para poder regular todas las cuestiones relativas a su hija.

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José Ángel de Villota Villota

José Ángel de Villota Villota

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Se puede privar de la patria potestad a un progenitor en casos graes de desatención del menor, por hechos delictivos infringidos al hijo, mal trato fisico o psicológico al menor.
Si existen pruebas de ello se puede interponer una denada ante el Juzgado de familia en este sentido.

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ARE2 ABOGADOS

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Are-2Abogados.com

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