Compra de local de una empresa en liquidación
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Lo normal es que no haya problema alguno, pues la misión de quien ha de autorizarlo con su firma es precisamente la de liquidar los bienes a fin de hacer pago a los acreedores en la medida de lo posible, por lo que su interés es la realización total del patrimonio empresarial a fin de obtener la liquidez que permita repartir lo que quede; es más contando con autorización judicial y siendo el precio previamente conopcido por las partes implicadas, no hay razón, en principio para que no se firme la ratificación. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Buenos días,
En efecto, si se trata de un bien de un procedimiento concursal, debe estar la venta autorizada por el Juez. Si es una empresa en liquidación sin más, entonces debe estar en efecto ratificada por el liquidador.
Para darle una respuesta exhaustiva, deberíamos examinar todos los documentos de la operación, para asesorarle conveniente,ente.
Saludos
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Debe tratarse de un bien incluido en un procedimiento concursal, por lo que la venta, presuntamente debe ser autorizada por el Juez. Si existen dos liquidadores, para mayor garantía hacia usted le sugiero que el día de la firma se personen ambos en la notaria y den su conformidad a la escritura de compraventa.