Compra de piso nuevo
Evidentemente, les puede exigir y es obligación tanto de la Agencia Inmobiliaria facturar todas las entregas de realice en concepto de compra. Con independencia de solicitar factura todo debe quedar documentado por escrito y en caso de que la parte vendedora no aceptara la oferta realizada y por tanto no concluirse la compraventa, debe dejar constancia también en el contrato o documento que suscriba que los 300 € entregados se le devuelvan, pues en este tipo de contratos de mediación o corretaje, la agencia cobra sus honorarios por la conclusión del negocio jurídico, es decir, cuando la compraventa se perfecciona por la labor del mediador.
En su caso debería firmar un contrato de gestión o intermediación con la empresa donde figurara la comisión que, sin duda, parece muy alta pero que, como todo, puede ser negociable, ya que no hay ningùn baremo que determine cual es el tanto por ciento a abonar a la agencia. Seguramente habrá sido el propietario quien haya firmado con la agencia un contrato donde figure el precio querido por el propietario y el exceso que se haya pactado en el precio de venta que constituye la comisión. Por supuesto que puede y debe exigir factura.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que tanto si deja una señal como si efectúa la compra, todos los justificantes, tanto de arras como de compra, estén claramentes especificados, y que no dé ningún dinero en B, porque el dinero negro a parte de constituir una fraude a la Hacienda Pública, no se documenta, y a usted, considero que no le reporta ningún beneficio legal.
Estimado consultante, está prohibido entregar como pago mas de 2500 € en efectivo, además es un fraude no declarar el IVA ni el IRPF profesional, a más de ser la de 15000€ una comisión aparentemente abusiva si rebasa el 3% del importe total. Estamos a su disposición