Compra venta de participaciones de una sociedad limitada
Hernández de Pablos
Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil
Hay que cumplir lo que lo estatutos sociales prevean. A falta de previsión estatutaria, el socio vendedor deberá comunicar a la administración de la sociedad su voluntad de vender, las participaciones que vende y el precio de venta. La administración convocará Junta General para su aprobación. Debe asesorarse debidamente: acuda a un abogado.
Abogado Juan Gargallo Monzón
Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal
Si tiene claro lo que quiere hacer, acuda directamente a Notaría. El abogado solo es para ver otras posibles opciones, los pros, contras, y posibles incompatibilidades dependiendo del porcentaje que adquiera cada trabajador en relación a su actual estado laboral. De todas maneras pregúntelo también en Notaría. Saludos.
Si realmente lo tiene todo negociado con su socio y éste accede a vender a valor nominal, acuda a la notaría con las escrituras. En caso de que requiera de alguna estrategia de negociación, le recomendaría acudir al abogado para que lo coordine. Saludos,
ABOGADO HERENCIAS JAEN - JESUS NAVARRO RUEDA
Abogado de Jaén especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Para que esos trabajadores compren las participaciones del socio que usted quiere que se marche, tendra que ser ese socio actual quien venda sus participaciones. Es el quien debe decidir. Si el no quiere no sera tan simple
Comparto la opinión del compañero... el abogado es para asesorar, justamente en la acción que pretende emprender para que sepa y sea consciente de las consecuencias de la misma.