Concatenación contratos temporales

Buenos días,
En Octubre de 2018 me contrataron en mi empresa mediante un contrato por obra y servicio que terminó en Julio de 2019. En Octubre del mismo año me volvieron a contratar, de nuevo hasta Julio de 2020 y en Octubre de 2020 me volvieron a hacer otro contrato por obra y servicio (que sigue vigente en la actualidad). Mi consulta es, ¿tendría en este caso condición de indefinido? Si fuera así, ¿cómo se lo reclamo a la empresa?
Otra cosa que quizás es importante es que no he trabajado prácticamente en ninguna de las obras para las que se me contrata, sino en otras totalmente diferentes y que no aparecen en el contrato laboral.
Gracias de antemano.

Respuestas de otros profesionales:
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Despacho Jurídico Javier Álvarez

Despacho Jurídico Javier Álvarez

Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes:

Lo lógico es que si la relación es buena, lo solicites directamente a la dirección de la empresa. En su defecto, puedes hacer una papeleta de conciliación ante el Tribunal de Arbitraje y Mediacion de las Islas Baleares (es gratuito).

La última opción es presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente. No obstante, para acudir a los Juzgados tendrías que pasar sí o sí por una papeleta de conciliación.

Si quieres me puedes llamar sin ningún compromiso y te puedo explicar brevemente como actuar.

Un saludo,

Javier Álvarez Montero

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LUIS CEBRIÁN / IBIZA - ABOGADO LABORALISTA
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Buenas noches,

La temporalidad hay que justificarla y habría que ver qué motivo da el contrato de trabajo para justificar un contrato por obra o servicio.

El contrato por obra y servicio es un acuerdo temporal mediante el cual podrás contratar a un trabajador para que lleve a cabo un servicio concreto dentro de la empresa o una obra determinada.

En cuanto su límite de tiempo, el Estatuto de los trabajadores establece que estos contratos no podrán tener una duración superior a tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo.

Saludos, Luis

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Abogado Extranjería y Penal Pozuelo de Alarcón DPL Abogados
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Buenas tardes: la temporalidad del contrato tiene que estar justificada, si además vinculan esa temporalidad con la obra y le envían a otra obra es bastante fácil probar la irregularidad. Le recomiendo ir guardando justificante de las obras a las que va ( hoja de fichar donde ponga la obra, emails, whast app... ) por si finalmente decidiera reclamar . Un saludo

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MIREN ALMAZÁN RODRIGO

MIREN ALMAZÁN RODRIGO

Abogado de Logroño especializado en Derecho Penal

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Buenas tardes:

Lo mas correcto para su mejor asesoramiento, es que nos facilite toda la documentación e información que tenga sobre el asunto a tratar y así poder realizar un estudio de viabilidad sobre el tema.

Un saludo,

Miren Almazán Rodrigo
Avd. Gonzalo de Berceo, 2, Oficina 26
Logroño

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