Concurso voluntario.

He presentado un concurso voluntario por insolvencia temporal en procedimiento ordinario. Tengo reconocida la justicia gratuita. Los trabajadores han solicitado el pago al FOGASA, ¿tengo que pagar la primera mensualidad?

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Gabinete Juridico San Ignacio

Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Proceso Judicial

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Contestado

No tengo clara la pregunta, no se a que mensualidad se refiere.
si se refiere a la primera mensualidad despues de declarado el concurso, esta se debe pagar sin duda con cargo a la masa, es decir al activo de la empresa antes que a cuaqluier otro acreedor, y por orden de vencimiento.
si se refiere a los ultimos 30 dia de trabajo, y si esto se paga por el FOGASA , este se pondrá en la situación de los trabajadores y tendrá el derecho a cobrar como si fueran los trabajadores.
en conclusión el hecho de que el FOGASA pague los slarios de los trabajadores, no le libera a Ud, aunque esté en concurso de pagar, salvo que finalmente no hubiere activos con los que hacer frente al pago.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado