Pago a trabajadores en concurso voluntario.
Abogado Laboral Pamplona CONCILIA Relaciones Laborales
Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho del Trabajo
Si Ud. actualmente no tiene trabajadores no tiene que pagar salarios, no obstante si la pregunta se refiere a salarios y/o indemnizaciones pendientes de pago a sus antiguos trabajadores y éstos solicitan a FOGASA su pago, el FOGASA tiene derecho al reembolso de las cantidades satisfechas y para ello se subrogará en los derechos y acciones de los trabajadores. Existen unos topes y por la parte no satisfecha por FOGASA, los trabajadores conservan su condición de acreedores.
DESPACHO DE ABOGADOS JESUS IGNACIO AZCONA TABAR
Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho Laboral
Creo que su pregunta es muy genérica y no se puede responder más que con generalidades que quizás no resuelva sus dudas.
Debería indicar si usted los contrató como empresa, como autónomo o en qué régimen los contrató. La respuesta no será la misma según el régimen.
En cualquier caso, pagará FOGASA que se quedará como acreedor de los créditos que pague.
Si se encuentra en un proceso de concurso y declarado insolvente, en principio no tiene que hacer frente a ningún pago, pues el FOGASA se hará cargo de tales nóminas, con unos límites, subrogándose después en el lugar de los acreedores.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
La Ley establece una garantía máxima para los salarios del último mes, ciertamente, pero si está Vd. en concurso de acreedores y declarado insolvente, sólo si pasa a mejor fortuna podrían exigirle esas cantidades.