Contrato de compra venta simulado

Mi hermano y mi padre celebraron una compraventa de inmueble en el año 1995 Que desconocíamos los demas hermanos. Nunca se elevó a Escritura Pública ni se inscribió en los RR Públicos. Nos hemos dado cuenta a raíz que mi hermano se ha divorciado y en la liquidación de bienes se incorpora parte del terreno de mi padre basándose la sentencia de AA Provincial en que el contrato privado no ha sido declarado nulo.
Mi hermano no pudo pagar precio por esa casa. Y lo que creemos que han querido constituir en simulación es una donación.
Qué podemos hacer los hermanos afectados con ese contrato privado inexistente que ha generado unos efectos económicos en una tercera (ex mujer de mi hermano?

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Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,

Pues de momento no pueden Vds. hacer nada, ya que el único que tiene capacidad para instar la nulidad de ese contrato privado es su padre. Vds. en su día, cuando fallezcan sus padres, podrán detraer el valor de ese terreno de la parte de la herencia que le corresponda a su hermano. Aunque convendría que desde este momento instaran la nulidad del contrato.

Podemos ofrecerle un asesoramiento más personalizado, por lo que si fuera de su interés puede Vd. contactar con nuestro despacho para concertar una reunión.

Atentamente,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Entiendo que su padre ha fallecido. En ese caso pueden ejercer acciones de nulidad del contrato como herederos, que en caso de que no signifique su anulación, comportará como donación objeto de colación en la herencia.

Si no ha fallecido, habría que buscar una legitimación (madre?...)

La acción de nulidad no prescribe.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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Como herederos de su padre pueden pedir la nulidad del contrato, que tendrán ustedes que acreditar. En caso de convertirse en donación se contará en la parte que reciba su hermano de la herencia de su padre.

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