En un contrato de un local comercial de 5 años prorrogable anual ¿puedo cuando lleguen los cinco años no renovarle? ¿debo indemnizar al inquilino si no quiero que este en mi local mas?
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BARCELONA - EJP ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Contestado
En principio, hay que estar a lo que dispone el contrato. En ese contrato hay que comprobar si hay cláusula en el sentido de que el arrendatario renuncie a cualquier indemnización que le pudiera corresponder por razón de la extinción del contrato. Si no existe esa cláusula, el arrendatario podría llegar a reclamar algún tipo de indemnización. Si existen impagos de rentas o cualquier otro incumplimiento grave de este estilo, en un caso como este sería recomendable instar judicialmente la extinción judicial del contrato con el consecuente desahucio.
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