Pago de honorarios a abogado
Buenas tardes. A ver, los honorarios al abogado hay que pagarlos, luego se pueden recuperar solicitando las costas a las que el contrario ha venido condenado a pagar. En cuanto a la cuantía de los honorarios del abogado, en principio no pueden superar la tercera parte del procedimiento, y digo en principio, porque se puede cobrar libremente, pero si no estuviera de acuerdo y los impugnara, se limitarían a la tercera parte de la cuantía del procedimiento. No obstante, quedamos a su disposición por si desea que le ampliemos o concretemos más el asunto. Saludos.
Las costas, por definición, son propiedad del cliente. Al abogado le debe sus honorarios, pero, salvo que así se pacte expresamente, ha de cobrarlos a su vencimiento y no compartir con usted el riesgo y ventura que supone un embargo. En resumen: sí, debe pagarle.
Las costas judiciales no deben superar la tercera parte de la cantidad reclamada.