Contrato luz fin alquiler

Deje una casa de alquiler el 2 de enero y no cambiaron el titular del contrato de alquiler. He tenido que pagar la factura del 4 de enero al 28 de enero sin vivir yo allí ya. ¿Puedo reclamar ese dinero? Tengo un papel de la inmobiliaria como que el día 2 de enero entregué las llaves.
Gracias de antemano

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado en Cheste EMG ABOGADOS

Abogado en Cheste EMG ABOGADOS

Abogado de Cheste especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Por supuesto que lo puede reclamar, lo mejor en estos casos es ponerse en contacto con la inmobiliaria y con la compañía eléctrica para darse de baja o modificar el titular del contrato de suministro, así mismo la mejor primera via es solicitar la reclamación comercial por medio de la oficina del consumidor y sino llega a un acuerdo ir a la Junta arbitral, ambos procesos son gratuitos, cualquier cosa que necesite quedamos a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Plus
Abogado Extranjería y Penal Pozuelo de Alarcón DPL Abogados
Contestado

Buenos días: por supuesto que puede solicitar la devolución . Para que no siga ocurriendo, lo principal es que comunique a la compañía eléctrica el cambio de titular . En relación a la factura ya pagada lo más senc9illo es hablarlo0 con la inmobiliaria directamente. Quedamos a su disposición para lo que necesite . Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes:
Tuvo que contactar con la Cía. de Electricidad para comunicar la baja en el suministro por motivo de fin del contrato de arrendamiento de la vivienda. Si lo comunicó, sí podría reclamarlo.
Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado