¿Qué conviene hacer con una multa por pasar semáforo en rojo?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que comenta le precisamos lo siguiente: 1) El policía local si estaba en el ejercicio de sus funciones tiene presunción de veracidad y su testimonio puede ser prueba de cargo en un expediente sancionador como el que comenta; 2) Lo anterior no significa que vaya a misa lo que diga; pero le obligará a tener que probar suficientemente lo que afirme; 3) Al final, lo que tendrá que valorar, y es una cuestión puramente práctica, es si le compensa discutir o pagar, con la pérdida de tiempo y dinero que puede suponer lo primero, sobre todo, si la multa tiene una bonificación del 50 % si se paga dentro del breve plazo que se suele conceder (20 días naturales desde la notificación); 4) Finalmente, si quiere tratar de aplazar este asunto en el tiempo y ver si se olvidan de usted, algo difícil, puede no recoger la multa, pero tendrá que estar pendiente de la posible notificación en el Boletín Oficial y si se le pasa el plazo ya no tendrá derecho a ninguna bonificación o, dicho de otro modo, si no prospera un posible recurso tendrá que pagar más; 5) Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono o email. Trabajamos en toda España y también damos asesoramiento online.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Lo primero que hay que tener en cuenta es que el agente denunciantes es un agente de la autoridad y goza de las presunción iuris tantum de veracidad. Le sugiero que recoja la denuncia, y si usted puede probar que no paso el semáforo en rojo, recurra, pero de lo contrario sería conveniente pagarla para beneficiarse del descuento por pronto pago, que suele ser de un 50 %, significándole que si recurre pierde la bonificación de ese 50%.
Javier Salvador Salas
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Propiedad Industrial e Intelectual
Si la multa llegó es por la matrícula de su vehículo. Cometió una infracción y se le ha sancionado, a no ser que usted reconozca a otro conductor y este firmé. No veo motivo para alegaciones, pero si usted quiere dilatar el procedimiento sancionador hágalo...renunciará a su derecho a la reducción del 50% .
Buenos días,
Si usted así lo desea, nuestro despacho puede gestionarle el recurso de la multa y llevarle la totalidad del proceso.
Puede contactar con nosotros a través de los datos que aparecen en esta página.
Un cordial saludo
Buenos días,
puede recurrirla a través de nuestro despacho, lo único "malo" es que se arriesga a perder el 50 % del descuento de pronto pago.
Un saludo.