¿Cuál es el límite de la terraza de mi negocio?

Tengo un local comercial (tienda souvenir) debajo de una finca. La puerta de la finca tiene unas escaleras que dan a la calle, y la puerta de mi local otras escaleras.

La presidenta de la comunidad ha venido quejándose de que está prohibido que yo utilice en su totalidad la terraza del negocio, exigiendo que deje espacio para que ella pueda acceder desde mis escaleras a la puerta de la finca.

¿Tiene razón? ¿Debo yo re ubicar los expositores de mi terraza para permitirle el paso? Todo está colocado de modo que en ningún momento la puerta de su comunidad se ve afectada, habiendo más de un metro desde la puerta hasta el primero de mis expositores.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers

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Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda

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Buenos días,

Para poder darle una respuesta es necesario analizar la documentación relativa (configuración exacta del local, estatutos, etc.), así como la licencia de ocupación de la vía pública (no puede ocupar la calle si no tiene una licencia municipal que se lo permita.

Si lo desea, contacte con nosotros (www.desalvador.es) para que podamos analizar el caso con toda la documentación necesaria.

Un saludo,
Pelayo de Salvador
deSalvador Abogados Inmobiliarios
www.desalvador.es

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Ibiza Hornillos Marchetti Abogados
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Buenas tardes. Debería ver que dice la inscripción en el Registro de la Propiedad y a la vez solicitar una copia de los Estatutos de la Comunidad. Empezando desde aquí podrá intentar dialogar con la Presidenta y si Ud es arrendatario habrá que ver el contenido del contrato de arrendamiento si prevé el derecho al uso de la terraza. Cordiales saludos.

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Para saber si usted tiene derecho al uso de la terraza para fines comerciales y hasta que límite , debe usted consultar la división de propiedad horizontal del edificio y los estatutos de la Comunidad de Propietarios.

Catalina Perelló

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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adependerá de lo que se contemple en las escrituras de propiedad, estatuos de la comunidad o división horizontal del edificio, siendo necesarios su análisis para poder responderle, saludos.

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Abogado Despidos Palma de Mallorca María Marcelina Sobrino Vallez
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Buenas tardes, en principio usted, puede utilizar la terraza, con el único límite de no perturbar la entrada de los vecinos o propietarios.
Esperamos haberle podido ayudar.
Atentamente, Marcelina Sobrino

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