¿Cuál es el plazo para el pago del finiquito?
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Mejor respuesta según autor
No es que sea legal o ilegal pagarte al final del mes, en lugar de abonarte el finiquito de forma inmediata cuando se resuelve tu contrato con la empresa.
Pero es mejor cobrar a final de mes que interponer una demanda. Si no te lo abonaran estamos a tu disposición para interponer la demanda por reclamación de cantidad.
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Estimado cliente: Como especialista en Derecho Laboral le informo de que la ley no marca un plazo para liquidarle el finiquito. Sí es común liquidarlo el mismo día del mes en el que solía recibir el salario mensual. No obstante si usted no está conforme con el despido tiene un plazo de 20 días para impugnarlo. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente
Hola,
Puede ser una práctica de la empresa y tampoco pasa nada si de verdad lo cumplen.
En cualquier caso sería bueno que te revisasen los motivos del despido y la carta de despido para valorar posibles reclamaciones puesto que para reclamar despido solo hay 20 días hábiles.
Asimismo, te recomiendo que en la liquidación pongas la fecha en la que la recibes y añadas no conforme para que pueda ser revisada, y en caso de que hubiese algo incorrecto reclamar. Para las cantidades que puedan deberte, incluida la liquidación tienes un año para reclamar.
Un saludo
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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Tiene un plazo para reclamar lo que le deben de un año, por lo que puede esperar a fin de mes para que le paguen, ya que no tiene que esperar mucho y, sobre todo, no pierde ningún derecho. Otra cosa es que no esté conforme con el despido, ya que si lo quiere impugnar solo tiene 20 días hábiles de plazo.
Abogado en Guadarrama Cristina Martín Sanz
Abogado de Guadarrama especializado en Despidos
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Buenas tardes,
el plazo para reclamar cantidades pendientes en derecho laboral es de 1 año.
Por tanto, en caso de no cobrarlo como le dicen al final de mes, podría interponer una demanda de reclamación de cantidad.
Quedamos a su entera disposición. Un saludo.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes. Usted para impugnar el despido tiene un plazo de 20 días por lo que tiene que tener en su haber la carta de despido para ver las causas del mismo. En cuanto al plazo para el ingreso del finiquito o nómina no indica plazo la ley. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento puede concertar una cita en mi despacho. Un saludo.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
No. Deben ponerla a su disposición en el momento del despido.
Para iniciar reclamación por el despido (indemnización) tiene 20 días.
Para las deudas salariales 1 año.
Pasados estos plazos ya no puede reclamar.