Cuando dejar de pasar la pension
Buenos días,
Lo que debe hacer es dirigirse a un despacho de abogados para iniciar un procedimiento de modificación de medidas, el cual se promueve vía judicial. A través de éste, alegando lo que nos está comentando, fundamentandole con la documentación que se tenga, se solicita la extinción de la pensión que usted viene pasando a su hijo.
Puede ponerse en contacto con nosotros a través de secretaria@rfabogados.es y le asesoraremos de cual es la mejor vía para conseguir la extinción de dicha pensión.
Un saludo
www.rfabogados.es
Abogado Santa Coloma - Coloma Legis Abogadas
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes. En estos casos debe promover un procedimiento para acreditar los medios económicos de su hijo a fin que el Juez le reconozca el derecho a dejar de pagar la pensión. El dejar de pagar sin una sentencia, le puede acarrear un procedimiento de ejecución, con todas las consecuencias que ello conlleva. Si desea más información, visite nuestra página web www.colomalegis.es
Debe seguir cumpliendo con el pago de la pensión hasta que tenga una sentencia que diga lo contrario. La extinción, por tanto, se dará en un procedimiento de modificación de medidas en el que se solicite dicha extinción, y la misma sea acordada por el Juzgado.
Yo le recomiento que solicite una modificación de medidas. Al cobrar algo puede y debe reducirse la pensión que usted abona si bien yo creo que tiene altas posibilidades de dejar de abonarla. Un saludo
ABOGADO CIVIL ZAMORA VANESA CABALLERO MARTIN
Abogado de Zamora especializado en Derecho Civil
Tendría que solicitar una modificación de medidas.
Para cualquier aclaración o consulta estamos a su disposición.
Un saludo
Vanesa Caballero Martín
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Debe presentar una modificacion,mientras debe seguir pagando