¿Cuándo se ejecuta una sentencia?
Hernández de Pablos
Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil
Una cosa es que no haya cobrado usted y otra que la sentencia no se haya ejecutado. No obstante, acuda usted al juzgado y pregunte o, si fue defendido usted por un abogado, acuda al despacho de este abogado y pregúntele. La ejecución de una sentencia está sujeta a plazo y esa ejecución comienza por demanda. Si usted no fue defendido por un abogado, seria usted mismo quien debería haber acudido al juzgado, demandando por escrito la ejecución de la sentencia. Si designó usted un abogado, él debería haberse encargado de redactar la demanda de ejecución, presentándosela a usted a la firma y registrándola, luego, en el juzgado.
En resumen: acuda usted al juzgado y pregunte. Los funcionarios tienen el beber de informarle.
ABOGADO CIVIL GUIPÚZCOA JORGE IMAZ BOLINAGA
Abogado de Eibar especializado en Derecho Civil
Buenos días: debe usted acudir al abogado que le defendió en el asunto, si lo tuvo, y preguntárselo a él. Una cosa es que se dicte sentencia, y otra cosa es la ejecución de la misma, es decir, que le paguen la indemnización a la que fue condenado quie le despidió. La ejecución de sentencia debe solicitarse, por usted o su abogado ante el Juzgado. Vaya al Juzgado que dictó la sentencia para ver en qué situación está el procedimiento, y en su caso, solicite la ejecución de la sentencia.
Abogado Torrevieja Domenech Abogados
Abogado de Torrevieja especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes,
sepa usted que una vez obtenida sentencia, habrá que interesar la ejecución de la sentencia al Juzgado si el condenado no ha cumplido voluntariamente.
Un vez abierta la via ejecutiva y hasta la declaración de insolvencia pueden transcurrir un perido de tiempo largo hasta que, en su caso, atienda el pago de la indemnización el FOGASA.
Espero haber aclarado su duda.
Inmaculada Ruiz Domenech
Domenech Abogados Torrevieja
Abogado Responsabilidad Civil Bilbao STAFF LEGAL
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario
No le queda mas remedio que preguntar en el juzgado o su abogado. Puede ser por no haberse solictado la ejecucion, o porque habiendose solictado y acordado, fuera el ejecutado insolvente, etc.
La unica forma de saberlo a ciencia cierta es preguntar en el juzgado.
Un saludo
Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS
Abogado de Vigo especializado en Derecho Administrativo
Si ya se ha solicitado la ejecución de la sentencia, debe acudir al juzgado y ver en el procedimiento si se ha dictado decreto de insolvencia, si se hamn encontrado bienes o cuentas a embargar, etc. Si aun no ha solicitado la ejecución, debería presentarla lo antes posible
Debe acudir al Juzgado donde se tramitó el procedimiento e informarse de como está el trámite de ejecución. Tenga en cuenta que la ejecución debe solicitarse.
La ejecución de sentencia, por increíble que parezca, ha de solicitarse al Juzgado, si no lo ha hecho ya, no debe perder el tiempo.