¿Cuánto debo cobrar de indemnización?
Estimado cliente. Soy experto en Derecho del Trabajo y puedo informarle de lo siguiente: Por lo que usted comenta, en principio y a falta de poder estudiar su contrato y nóminas, usted tiene derecho a finiquito (salarios pendientes, días de vacaciones no disfrutados y parte proporcional de pagas extraordinarias) así como a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes. Para poder calcular la indemnización correspondiente tendríamos que conocer sus ingresos, el tiempo en la empresa, la carta de despido. Si la empresa es traspasada de dueño y subroga a personal de la empresa, se entiende como despido improcedente, o cambia de lugar, y contrata a nuevos empleados también se entiende como improcedente. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en el despacho. Reciba un cordial saludo.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Para poder contestar a su pregunta seria necesario revisar sus nominas y contrato de trabajo. En cualquier caso, al no habérsele avisado la indemnización será por despido improcedente, con el añadido de que también puede reclamar esos dos meses de salario que le quedaban hasta la extinción del contrato.
Quedamos a su completa disposición para realizarle el estudio sin ningún tipo de coste.
Si como parece, la empresa incumplió los requisitos de comunicación para un despido por causas económicas, la indemnización que le correspondería sería la que corresponde a un despido improcedente. Para concretar cifras sería necesario que nos hiciera llegar el contrato de trabajo, loas nóminas y la carta de despido si la hubiera. Saludos
Necesitamos ver documentación. Si usted desea que nos hagamos cargo de su despido y defensa deberá ponerse en contacto con nuestro despacho, traer contrato, nóminas y carta de despido.
Llevamos muchos años trabajando esta materia laboral.
Le ofreceremos presupuesto cerrado cuando venga.
Abogado Laboral Pamplona - Aranzazu Arias Leiro
Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho del Trabajo
Antes de nada, habría que saber cuál es la causa de la finalización de tu relación laboral. ¿Es por fin de contrato, o por cierre de la empresa? También habría que conocer las razones del cierre de la empresa y si hay razones económicas o no. Principalmente para saber en qué situación (de liquidez) está la misma.
Buenos días.
Para el cálculo de la indemnización es necesario ver el contrato y las nóminas. Le recomendamos acuda a un abogado para el mejor de sus intereses, ya que es relevante ver el contrato que tenía usted.
Un saludo.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Lo principal es estudiar lo que alegan en la carta de despido y si es cierto.
Si la han hecho mal o no son ciertos los hechos puedes tener opciones para reclamar por despido improcedente.
Habría que estudiar su caso con detalle para poder valorar una respuesta adecuada.