¿Con cuánto me tiene que indemnizar el ayuntamiento?
-
1 voto útil
Buenos días,
El asunto que usted plantea iría por la vía administrativa, si bien, habría que saber las circunstancias en las que se produjo la caída, para determinar la viabilidad del procedimiento.
Este despacho queda a su entera disposición para revisar la documentación de la que usted disponga e iniciar las acciones legales más acordes a su caso.
Saludos
-
1 voto útil
Buenos días,
Debe usted iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial, presentar un escrito adjuntando el parte médico y solicitando que le indemnicen, si le deniegan, debe recurrir.
En el despacho le podemos preparar el escrito.
Un cordial saludo
Abogado Mercantil Madrid San Juan Asociados Abogados
Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal
Buenos días, Debe usted iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial,
Ante esta situación, sería interesante que se pasara por el despacho, ya que darle un consejo por aquí sería absurdo, ya que solo le serviría como información no como solución y usted necesita un despacho para la defensa de sus intereses .
Ate
Dep. Jurídico
teléfono -914351384
Solo se atiende con cita previa
Todo dependerá del alcance definitivo de las lesiones y de los días de curación, sin embargo puede ir reclamando ya a la Administración la responsabilidad patrimonial a la que ésta tuviera obligación.