Cuantos meses puedo dejar de pagar el alquiler antes del desahucio?

Me veo en la situación de retrasar algunos pagos durante un par de meses. El alquiler es mi mayor pago mensual, pero me da miedo que si dejo de pagar me llegue el desahucio enseguida. Cuántos meses puedo impagar antes de que el propietario tenga derecho a instar el desahucio? Muchas gracias.

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Abogado Derecho Minero PRAT, ROCA & ABOGADOS
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Los artículos 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, 1.555.1º y 1.556 del Código Civil y 250.1 y 437 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permiten solicitar el desahucio del arrendatario por impago de rentas, aunque se trate de una sola renta.
Como excepción, el artículo 22.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite parar dicho desahucio en casos de “enervación”, es decir, cuando el arrendatario ponga en manos del arrendador el importe de las rentas debidas, con anterioridad a la celebración dela vista.
Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Derecho Minero PRAT, ROCA & ABOGADOS
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Los artículos 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, 1.555.1º y 1.556 del Código Civil y 250.1 y 437 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permiten solicitar el desahucio del arrendatario por impago de rentas, aunque se trate de una sola renta.
Como excepción, el artículo 22.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite parar dicho desahucio en casos de “enervación”, es decir, cuando el arrendatario ponga en manos del arrendador el importe de las rentas debidas, con anterioridad a la celebración dela vista.
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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El Propietario puede instar el desahucio con una única mensualidad impagada, si bien, si usted no ha sido previamente demandado por ese contrato, y la finca arrendada es su domicilio, puede usted enervar la acción judicial de desahucio: evitar el deshucio pagando al llegarle la demada lo que usted debe, si bien, en este caso, deberá también pagar los gastos del juicio. Mi consejo: intente llegar a un acuerdo con el propietario para que le conceda una moratoria en el pago. Para cualquier otra aclaración quedo a su entera disposición

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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Con un solo mes impagado el propietario puede instar el deshaucio. Hay sentencias que también dicen que también puede prosperar el deshaucio en caso de retraso en el pago.

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