Cuarto turno para el dia 1 de septiembre

Hola quería saber por favor como se confecciona un cuarto turno.
Yo tengo el convenio de panadería y pastelería de la comunidad valenciana.
El calendario seria el del año 2020.
Tengo que hacer 1776 horas al año.
Tengo 12 fiestas nacionales y 2 locales.
Tengo 32 días de vacaciones.
Si una semana tiene dos días, ¿Como lo cuento como una semana?
Me han comentado que tengo que dividir las 1776 horas entre las semanas que tiene el año.
¿Los 14 festivos que tengo, los tengo que contar dentro de las 1776 horas o esos festivos no se cuentan?
¿Las vacaciones están dentro de las 1776 horas anuales?

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Abogado Herencias Valencia TESS Coop. Valencia
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Su empresa habrá publicado un calendario con las festividades tanto estatales como locales, estas no suponen necesariamente los sábados y domingos, y si su contrato es de lunes a domingo, estos sábados y domingos no son considerados festivos, en todo caso los días de descanso no se corresponden necesariamente con festividades. Pero su convenio indica "Todo el personal afectado por este convenio colectivo disfrutará de treinta días naturales de vacaciones, más un día más por cada fiesta abonable que no se celebre en domingo que esté comprendida en el período de disfrute de vacaciones". Además tiene 2 días de vacaciones más establecidas de mutuo acuerdo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenas tares,
la distribución de la jornada es irregular, la decide el empresario -lo normal serán 40 horas/mes, según sistema de turnos-. Tiene que contar las horas anuales. Si superan las 1776 serán horas extras, que podrá reclamar según su valor en el plazo de un año de haberlas realizado. La organización del calendario forma parte del ius variandi empresarial (art. 20 del Estatuto de los trabajajores), aunque tiene derecho a saber con antelación cuales serán sus vacaciones.

Saludos.

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Vincit Abogados - Expertos en derecho laboral
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Buenos días,

Las 1776 horas anuales que indica el Convenio son de trabajo efectivamente trabajado (que se trabajen, no de vacaciones o descansos).

Un atento saludo.

VINCIT ABOGADOS

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