Custodia compartida y pensión de alimentos
ABOGADA MARISOL MARTINEZ RUIZ DE GOPEGUI
Abogado de Logroño especializado en Derecho de Familia
La custodia compartida es perfectamente viable en su caso, sea consentida por la exmujer o no. Si su pareja la desea pedir de común acuerdo con la progenitoria y en el margen de ese acuerdo acceder a abonar una pensión alimenticia para sus hijas a su ex es voluntario pues la custodia compartida por lo general no conlleva pensión alimenticia ya que ambos progenitores se encargan de la alimentación y cuidado de los hijos comunes por igual. Si por el contrario su pareja desea la custodia compartida pero no someterse a las exigencias alimenticias de su ex, podrá solicitarla unilateralmente y tramitarla mediante un procedimiento contencioso. En cualquiera de los casos, el procedimiento judicial a seguir es un procedimiento de modificación de medidas. Solicítenos cita gratuita para mas detalle.
Buenas noches.
La pension de alimentos a los hijos es obligatoria siempre, no así cuando hay custodia compartida y a diferencia de la pensión compensatoria, que sí depende de los ingresos.
Podrían solicitar quitar la compensatoria, y reducir la de alimentos o incluso eliminarla consiguiendo la custodia compartida.
Podemos hacerle presupuesto si lo desea.
Atentamente,
Verónica Yécora
Yécora Abogados
Buenos días:
Si existe una diferencia considerable de ingresos entre los ex-cónyuges es habitual que se establezca que cada parte aporte para el cuidado de los hijos (pensión alimenticia) en función de su capacidad económica.
Si quiere, puede contactar con el despacho, a fin de poder realizar un estudio detallado de la situación.
Reciba un cordial saludo.