Custodia compartida y pensión de alimentos

Mi pareja lleva separada varios años, tiene dos hijas de 7 y 10 años con su ex. Les pasa una pensión de 600€.
La pensión compensatoria a su ex se la siguió pasando aún habiendo cumplido el tiempo en que tenía que pasársela. Se hace cargo de muchos de los gastos de las niñas que tienen que ser a medias.
Él trabaja fuera de la Rioja por lo que su sueldo es algo. Quiere venirse para la Rioja a trabajar con lo que su sueldo se verá bastante reducido.
Lo que queremos es la custodia compartida, pero ella exige una pensión alimenticia, porque dice que él cobra más que ella.
Ella ahora trabaja a media jornada.
¿Tendríamos que pasarle la pensión de alimentos?
La casa en la que ella vive es de mi pareja, se la ha dejado, además tienen un piso y otra casa a medias.
Nosotros ahora estamos buscando un bebé ¿como influye esto?, si tenemos un hijo.
Yo ahora no trabajo y el sueldo de él es de 1800€.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADA MARISOL MARTINEZ RUIZ DE GOPEGUI
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La custodia compartida es perfectamente viable en su caso, sea consentida por la exmujer o no. Si su pareja la desea pedir de común acuerdo con la progenitoria y en el margen de ese acuerdo acceder a abonar una pensión alimenticia para sus hijas a su ex es voluntario pues la custodia compartida por lo general no conlleva pensión alimenticia ya que ambos progenitores se encargan de la alimentación y cuidado de los hijos comunes por igual. Si por el contrario su pareja desea la custodia compartida pero no someterse a las exigencias alimenticias de su ex, podrá solicitarla unilateralmente y tramitarla mediante un procedimiento contencioso. En cualquiera de los casos, el procedimiento judicial a seguir es un procedimiento de modificación de medidas. Solicítenos cita gratuita para mas detalle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Yécora Abogados

Yécora Abogados

Abogado de Nájera especializado en Derecho Administrativo

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Buenas noches.
La pension de alimentos a los hijos es obligatoria siempre, no así cuando hay custodia compartida y a diferencia de la pensión compensatoria, que sí depende de los ingresos.
Podrían solicitar quitar la compensatoria, y reducir la de alimentos o incluso eliminarla consiguiendo la custodia compartida.
Podemos hacerle presupuesto si lo desea.
Atentamente,
Verónica Yécora
Yécora Abogados

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LANDA OCÓN ABOGADOS

LANDA OCÓN ABOGADOS

Abogado de Logroño especializado en Derecho de Familia

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Buenos días:
Si existe una diferencia considerable de ingresos entre los ex-cónyuges es habitual que se establezca que cada parte aporte para el cuidado de los hijos (pensión alimenticia) en función de su capacidad económica.
Si quiere, puede contactar con el despacho, a fin de poder realizar un estudio detallado de la situación.
Reciba un cordial saludo.

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