Declaración de la renta y arrendamiento de vivienda conyugal a la expareja
Usted está arrendando parcialmente su vivienda, se han de declarar estas ganancias que recibe en rendimientos de capital inmobiliario, pudiéndose descontar únicamente lo intereses que paga de su mitad de hipoteca. Si desea que le concretemos, puede enviarnos sus dudas a ruizballesteros@icab.es, En Ballesteros & Ruiz Abogados estamos al servicio del personas físicas y pequeño empresario, asesorando en materias de IRPF e IVA.
Gracias por su consulta.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, usted esta obligado a declarar esos ingresos que percibe como arrendamiento de capital inmobiliario,ahora bien podrá deducirse los intereses que paga de su mitad de hipoteca. Si usted lo desea podemos ayudarle cuando precise, trabajamos a nivel nacional. Un saludo. AG abogados. www.agabogados.cat