Declararme insolvente frente hacienda.

Tengo unas multas de tráfico que me llegan por hacienda y dos viñetas pendientes por pagar. La deuda asciende a 1.599 euros y yo cobro 633 euros, lo cual ni llega al salario mínimo que es de 645 euros. Me llega una carta de que me embargan la nómina. ¿Podrían embargarme la nómina?, ¿y cuánto podrían embargarme al no llegar al sueldo mínimo interprofesional?, ¿sería legal el embargo?, ¿podría declararme insolvente frente hacienda?. Tengo a mi nombre un vehículo y una finca rústica valorada en 2.000 euros. ¿Qué me aconsejarían?. Gracias.

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Buenos días:

Se deben hacer unas alegaciones especificando que su nómina no se puede embargar (ya que no llega al smi). Probablemente Hacienda proceda al embargo de alguno de sus bienes (debe usted controlar el procedimiento a fin de asegurarse que el embargo es legal, ya que sino no sería válido).
En cuanto a la posibilidad de declararse insolvente, se deben cumplir una serie de requisitos, entre ellos tener varias deudas.
Nos ponemos a su disposición si quiere concertar una cita con nosotros, el precio será reducido dada su situación, no se preocupe. Puede escribirnos un correo electrónico a anb.abogados@gmail.com o contactar con nosotros por teléfono.
Un cordial saludo,
Ana Nikoaleva
ANB ABOGADOS
anb.abogados@gmail.com

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Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional, salvo cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos debidos al cónyuge o a los hijos, de modo que parece claro que serán embargados y subastados el vehículo y la finca rústica. Ante el riesgo de que las subastas no cubran la cantidad debida y subsista la deuda, lo más recomendable es hacer pagos parciales que contribuyan a reducir el devengo de intereses.

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LEGALVIA ABOGADOS

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Abogado de Oviedo especializado en Seguros

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Estimado Sr, la nómina es inembargable hasta el salario mínimo interporfesional. A partir de ahí es embargable por tramos y porcentajes. Pero no es su caso ya que cobra menos del salario mínimo. Porbablemnte hacienda intente embargarle alguno de los bienes que tiene a su nombre. El cambio de nombre de los bienes podría considerarse un delito de alzamiento de bienes.

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Juan Lozano Garrote

Juan Lozano Garrote

Abogado de Oviedo especializado en Derecho Civil

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Coincido con mis compañeros: ha de dirigir un escrito a Hacienda aclarando que cobra menos del salario mínimo interprofesional y que por tanto este resulta inembargable.

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