Deducción conjunta custodia compartida
Buenas tardes,
Dado que solamente puede beneficiarse de la declaración conjunta uno de los padres, si el padre no se ha beneficiado este año de ello, no debería plantear problema alguno el hecho de que usted declare de forma conjunta.
El problema puede plantearse si el mismo año ambos padres ejercitan esa opción, en tal caso hacienda entenderá que la primera presentación efectuada es la que ejerce el derecho y obligará a rectificar su declaración al otro progenitor, pudiendo sancionarlo.
El documento firmado evita la posibilidad de que el otro padre, que ha renunciado a dicha opción con la firma del documento, pueda declarar dicha opción, pues en tal caso el sancionado sería el.
Si tiene la seguridad de que el padre no ha ejercido esa opción conjunta, puede declarar usted conjuntamente.
Al efectuar la declaración no se exige documento acreditativo alguno, pero en caso de que ambos declarasen esa misma opción, uno de los padres se enfrentaría a una más que probable sanción.
Abogado Extranjería y Penal Pozuelo de Alarcón DPL Abogados
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Derecho Penal
Estimado cliente:
Para poder desgravarse o tiene ese documento de renuncia del otro progenitor o tiene que estar muy segura de que el padre no va a optar por la declaración conjunta... de no ser así y habiéndole firmado usted a él el documento , podría recibir una complementaria con algún tipo de sanción .
Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
Abogado de Cádiz especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes, realmente si solicita la declaración conjunta no debe ponerle el padre pegas ya que no se ha beneficiado de ello pero el problema surge si ambos ejercéis esta opción.
Un saludo