Demanda compraventa
Buenas tardes,
Efectivamente, cuando adquirimos un coche a un profesional que se dedica a la compraventa de vehículos, como es el caso que nos expones, contamos con la garantía de 1 año desde la fecha del contrato, lo cual implica que cualquier vicio oculto que salga a relucir estando en nuestra posesión, si presumiblemente lo tenía con carácter anterior a la transmisión, se le puede reclamar a quien nos lo vendió.
Por lo que nos cuentas y las pruebas con las que cuentas, mi consejo es reclamarle al compraventa lo que te es debido, y no dejarlo pasar. Para acceder a un abogado de oficio deberás cumplir los requisitos económicos que establece el Principado de Asturias, de lo que te informarán mejor en las oficinas de Asistencia Jurídica Gratuita establecidas a tal fin.
Saludos,
Covadonga Díaz
Abogada LEXNOR
Buenos días, si no se trata de una compraventa entre particulares, la adquisición del vehículo lleva pareja un periodo de garantía de un año, en caso de vehículos de segunda mano. Sin embargo si se trata de una compraventa entre particulares no existe tal garantía y debemos atender a las normas del código civil que regulan lo que se conoce como "vicios ocultos".
Le aconsejo que conserve todas las conversaciones, y toda la documentación: contrato de compraventa, precontrato.... y dado que dice carecer de ingresos acuda al Servicio de Orientación Jurídica correspondiente para solicitar un abogado de oficio, al que habrá de hacer llegar toda la documentación y que se encargará de plantear su demanda de la forma correcta, en función del tipo de compraventa de que se trate. Un saludo.