Denegacóon solicitud pensión jubilación anticipada con 61 años

Fui despedido en julio 2013 por haber entrado la empresa en concurso de acreedores, habiendo sido liquidada en marzo, 2014.
Cumplí 61 años en abril 2014 y después de 43 años cotizados. En julio de este año solicité la jubilación anticipada y me fue denegada por no justificar cobro de indemnización ni haber denunciado.
Recurrí con un escrito y me han vuelto a denegar indicado que tengo 30 días para recurrir ante el juzgado.
Me gustaría me dijesen qué debo hacer y cuál es el camino más corto, pues no entiendo cómo es posible esta situación.

En espera de su respuesta,

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ABOGADO LABORAL TERRASSA LeX-it Advocats
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Necesitaría más información, me quedan muchas dudas. ¿Cuándo se decidió su extinción de contrato en el marco del procedimiento concursal? ¿Fue Ud. despedido y no le pagaron ninguna indemnización? ¿De qué manera fue despedido (causa)? ¿Reclamó Ud. ante el FOGASA en el caso que la empresa fuera insolvente? ¿Qué alega Ud. en su escrito?
Como ve, me resulta difícil darle una respuesta a su cuestión sin toda esta información que es relevante para la respuesta.
A grandes rasgos le puedo decir que la jubilación anticipada a los 61 años puede darse por dos vías distintas, la legislación actual tras la reforma de 2013 y la anterior a 2013, las dos subsisten, y no sé cúal de ellas se le aplicaría a Ud. por desconocer sus circunstancias.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días,

Para poder darle un asesoramiento con más detalle necesitaría ver la documentación de la que dispone en relación a la solicitud de la prestación de jubilación y, en especial, aquella en la que se la deniegan.

Es importante que actúe cuanto antes, para que no se le venza el plazo de 30 días que le han notificado para poder interponer la reclamación.

En Calle Orense 8, 1º planta, 28020 Madrid (metro Nuevos Ministerios) le atendemos CONSULTA PRESENCIAL GRATUITA.

Solo tiene que solicitar cita previa

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Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,
Con su relato de los hechos es difícil darle una respuesta correcta y precisa pues faltarían muchos datos para analizar correctamente el caso y no equivocarnos. Pero lo más importante sería ver la documentación previa a la vía judicial y sobre todo la resolución desestimatoria. Como verá, al final de la resolución, hay un párrafo que indica el plazo de 30 días. Sería importante estar dentro de este plazo, a efectos de evitar una admisión del recurso por prescripción de la acción.
Reciba un cordial saludo, Pol Nadal - Abogado

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Para poder contestarle serie necesario ver toda la documentación, para lo que estamos a su disposición
Un saludo

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