Denuncia falsa de daños personales

Podría interponer una denuncia por daños y perjuicios a quien en su día puso una denuncia contra mi persona de daños personales a raíz de un accidente de tráfico.
El accidente se demostró en su momento que no había causado daños personales a ninguno de los presentes en dicho accidente. El conductor y dos acompañantes más, el conductor un vez producido el golpe salio del vehículo con insultos y aspavientos, pero nadie dijo nada más, hasta 1 año después que me denuncian los dos acompañantes (menores de edad) de daños cervicales a causa de este accidente.
En su momento nadie dijo nada. El juicio se celebró y se anuló por ser menores los demandantes y no estar acompañados por su tutor legal. En tres semanas se volverá a celebrar dicho juicio.
Mi pregunta es: Un vez se demuestre que la denuncia es falsa, ¿Puedo recurrir a una demanda por daños y perjuicios?
Ya que he tenido que desplazarme desde Barcelona donde estaba con mi madre hospitalizada hasta Las Palmas donde resido para ir a estos juicios que por mi parte son acusaciones falsas. Dado que hay pruebas de que los coches no sufrieron daños más que rozaduras.
Gracias de antemano

Respuestas de otros profesionales:
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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
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Buenas tardes
En primer lugar hay que esperar al resultado del juicio.El Código penal, en su artículo 456, regula el delito de acusación y denuncia falsa, considerando que lo
cometen quienes, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación.
Y continúa diciendo, dicho precepto, que no podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia o auto firmes de sobreseimiento o de archivo del juez o tribunal que haya conocido de la infracción imputada.
Y añade finalmente que éstos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que en la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.
Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Jacobo Joaquín Santana Nuez
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Buenas tardes,

Opino igual que el compañero en el sentido de esperar a que se celebre el juicio y ver el resultado de la Sentencia.

No obstante, habrá un Informe médico forense o alguna otra prueba que sustente la acusación. A día de hoy, según jurisprudencia de la propia Audiencia Provincial de Las Palmas, es viable que un impacto a 7km/h pueda producir un riesgo de latigazo cervical.

Habrá que esperar al juicio y posterior Sentencia.

Espero que le haya servido de ayuda. Un saludo.

Jacobo Joaquín Santana Nuez
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas

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Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

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Buenos días;
Comparto la tesis de mis compañeros en cuanto a esperar a que se dicte la sentencia. Si queda demostrado que la denuncia es falsa el juez podrá proceder de oficio contra el denunciante.
Espero haberle sido de ayuda, para más información no dude en contactarnos.
Un cordial saludo.

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Buenas tardes, primero hay que ver que dice la sentencia sobre este caso y después estudiar la viabilidad de lo que comenta sobre unos daños y perjuicios que le ha costado desplazarse por un caso que no tiene veracidad. Desde nuestro despacho podemos asesorarle tanto para la defensa del juicio como para un procedimiento posterior. Un saludo.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Coincido con el criterio del Sr. palacio, respecto de la necesidad de que haya sentencia a partir de la cual el propio juez puede deducir testimonio de particulares y remitir a fiscalía las actuaciones, si considera ha podido existir un delito de denuncia falsa. Saludos cordiales.

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