Derecho desistimiento alquiler

Hola! Vivo en un piso de estudiantes (el contrato lo firmamos a finales de setiembre, por lo que hemos alcanzado el mínimo de 6 meses) y en el contrato de alquiler pone que se debe dejar el piso notificando con 3 meses de antelación, pero el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos pone que se deberá notificar con 1 mes de antelación, y en el Código Civil que en los contratos no se puede pactar nada contrario a la ley. ¿En este caso que prevalece lo dispuesto en el contrato de alquiler o en la ley?

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenas noches:

La Ley por supuesto. Pero notifique de forma fehaciente, Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
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Buenos días, prevalece lo que dice la ley.

Un saludo

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