Derecho maritimo náutico de embarcación
Abogado Responsabilidad Civil Bilbao STAFF LEGAL
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario
La determinación de quien debe pagar los daños exige saber porque se ha roto soltado el pantalán y porque se ha soltado el barco. Una vez respondida esta cuestión existen tres posibles soluciones, por las que podrían ser responsables ambos (puerto y dueño de embarcación), uno de ellos o ninguno.
Si el pantalán se rompe por causa de fuerza mayor, es decir, imprevisible e inevitable, a las que se suelen asimilar los considerados riesgos extraordinarios por el Consorcio de Compensación de Seguros, entonces el Puerto no responde. Si es por cualquier otra causa, incluido falta de previsión, el Puerto responde en la medida que haya influido en la causación de los daños-
Si el barco causante de los daños se suelta como consecuencia exclusiva de la rotura del pantalán, entonces no responde, pero si pudiera determinarse que estaba mal amarrado, y que ello incidió en que se soltase, entonces deberá de responder del daño causado.
Por tanto, pueden ser responsables : (i) solo el Puerto, si el barco estaba bien amarrado y no hubo fuerza mayor; (ii) solo el barco, si no estaba bien amarrado al pantalán y la rotura de este, fue por fuerza mayor; (iii) ninguno de los dos, en caso de fuerza mayor y barco bien amarrado; y (iv) los dos, no hubo fuerza mayor, el barco mal amarrado al pantalán, y influyeron las dos circunstancias en la causación del daño.
Abogado Derecho Marítimo Bilbao DPV Abogados
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Marítimo
Buenos días:
Ambos sujetos pueden ser responsables de los daños producidos a su embarcación.
Somos especialistas en reclamaciones de este tipo, podemos proporcionarle un asesoramiento y solución ajustada a su caso.
Para ello, no dude en acudir a nuestro despacho o concertar una cita,
Estamos en Gran Vía 19-21, 2ª Planta, o llame al 944359779, estaremos encantados de ayudarle.